Foto: Correo

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El diario oficial El Peruano publicó la Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas Nº 101-2016-EF/50 sobre el nuevo índice de Distribución de la Regalía Minera correspondiente a febrero del 2016, para dar a conocer los beneficios que las regiones, los gobiernos locales y las universidades nacionales recibirán por este gravamen, que reunió un fondo total de mil millones de soles.

Cabe señalar que Arequipa fue el gobierno regional más favorecido con más de $315 millones en febrero, seguido por Cajamarca con más de 161 millones, Moquegua con más de 129 millones y Cusco con más de 124 millones de soles.

Asimismo, la Universidad Nacional San Agustín de Arequipa es la más beneficiada con las regalías del país con más de 105  millones de partida, mientras que a nivel de distritos, Cerro Colorado de Arequipa es la comuna con más réditos al recibir más de 203 millones de soles, superando a  Ilabaya de (Jorge Basadre) Tacna, que percibe más de $147 millones.

Como es de conocimiento público, las regalías se generan por la explotación de recursos minerales de las compañías y su deducción varía entre 1 y 3% de este concepto, según los ingresos correspondientes de las mineras. En suma, el 80% se destina a los gobiernos locales, el 15% a los regionales y el 5% restante a las universidades.

Aquí puedes ver los beneficios de las regalías de febrero para tu región, distrito y universidad.

 

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 101-2016-EF/50

Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de febrero de 2016

SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de febrero de 2016, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales beneficiados con la Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de febrero de 2016 consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT y la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en este último caso, en el marco de lo establecido en el artículo 12 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; según los porcentajes y criterios de distribución establecidos en el artículo 8 de la Ley Nº 28258 – Ley de Regalía Minera, y el artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 28258 – Ley de Regalía Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas modificatorias.