Ministerio de Energía y Minas / Foto: Andina

Ministerio de Energía y Minas / Foto: Andina

El Ministerio de Energía y Minas ha establecido que la penalidad aumente en forma progresiva si no se ponen a producir las concesiones en el transcurso de los años.

El Ministerio de Energía y Minas dictó un decreto legislativo que modifica el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería (TUO-LGM), a pocas horas de que culmine el plazo de las facultades legislativas delegadas.

Con este cambio, el plazo máximo para poner en producción las concesiones mineras se ha extendido a 30 años. Si el operador no logra la producción mínima al vencimiento de este plazo, caducará la concesión, según explicó Humberto Martínez, socio del estudio Rosselló.

Hasta ahora, el periodo que la empresa tenía para explorar, desarrollar la construcción e iniciar la explotación de la mina era de 15 años, y excepcionalmente se extendía a 20 años (ver tabla).

tablas

El decreto anota que se emitió la disposición “para asegurar la continuidad de las actividades e inversiones mineras en un marco de seguridad jurídica y simplificación administrativa”.

Además, se ha establecido una ‘penalidad’ progresiva de 2%, 5% y 10% de la producción mínima exigible por año y por hectárea otorgada efectiva hasta que cumpla con la producción o inversión mínima anual.

Aun cuando se le llama penalidad, se ha precisado que esta no es una sanción, sino un ‘sobrepago’ o’ pago aumentado’ del pago por derecho de vigencia anual.

Con esto queda sin sustento la pretensión de Sunat de desconocer como gasto el pago de penalidades por mantener vigente la concesión minera, según Martínez.

Se aclara en el DL que “el concesionario no pagará penalidad si invierte no menos de diez veces el monto de la penalidad por año y por hectárea que corresponda pagar por la concesión o unidad económica administrativa”.

Formalización

Antes de culminar el 2016( el 30 de diciembre ) el Gobierno publicó el decreto legislativo que declara de interés nacional la formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, que amplió en tres años el plazo de dicha formalización.

Fuente: Gestión