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Un tribunal ambiental chileno resolvió hoy anular una multa por unos 16,5 millones de dólares aplicada por el ente regulador del área contra el proyecto minero de la canadiense Barrick Gold, Pascua Lama, y ordenó sancionar los incumplimientos a la normativa por separado.

El tribunal determinó anular el pago de la multa en que la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) agrupaba las infracciones cometidas y reconocidas por Barrick Gold, tras acoger parcialmente un reclamo de comunidades diaguitas, ecologistas y un grupo de agricultores del valle del Huasco, en el norte del país.

“La SMA incurrió en ilegalidad al sancionar los trece incumplimientos (…) como una sola infracción y considerar el número de incumplimientos como agravantes, por lo que deberá, al dictar la nueva resolución, proceder a sancionar cada uno de los incumplimientos en forma independiente”, estableció la sentencia.

Tras conocer el fallo, la SMA sostuvo que se encuentra analizando el dictamen.

“El fallo, si bien acoge las reclamaciones contra la Resolución Exenta N° 477 emitida por esta Superintendencia el 24 de mayo de 2013, y ordena dejar sin efecto parcialmente ésta, mantiene la vigencia de las medidas “urgentes” y “transitorias” decretadas en ella”, consigna una declaración emitida por SMA.

Indicó además que “está analizando el fallo para determinar las acciones a seguir, según lo establecido por la ley, y evaluar posibles acciones legales, las cuales se informarán oportunamente en su momento”.

Junto con la multa, la SMA había ordenado paralizar el proyecto Pascua Lama, orientado a la explotación de oro y plata en la frontera entre Chile y Argentina en lo más alto de la Cordillera de Los Andes, por incumplimientos ambientales “gravísimos”.

Las obras consideraban una inversión de 8.500 millones de dólares para que la mina entrara en producción a fines de 2014.

Entre los incumplimientos sancionados se cuentan el que no se hayan construido obras asociadas al sistema de manejo de aguas de contacto y no contacto, que debían estar implementadas en forma previa a las faenas de excavación.

Tampoco adoptó medidas provisionales de corrección, seguridad y control, ni con la entrega de información solicitada por la autoridad, además de una norma sobre entidades de inspección ambiental y validez de reportes.

El pasado 9 de abril, la Corte de Apelaciones de la norteña ciudad de Copiapó ordenó también la paralización de las obras, al acoger un recurso presentado por comunidades de la etnia diaguita que habitan en el valle del Huasco y que ven amenazadas sus fuentes acuícolas por el proyecto minero.

Posteriormente, la Corte Suprema revirtió esa decisión, siempre y cuando la minera cumpliera con las exigencias ambientales impuestas por la autoridad.

Pascua Lama tiene reservas probadas de 18 millones de onzas de oro y unas 676 millones de onzas de plata.

 

EFE