Foto: Andina

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A FIN DE PROMOVER EL CRÉDITO EN UN CONTEXTO DE MENOR CRECIMIENTO DE PRÉSTAMOS Y TASAS FORÁNEAS MÁS ALTAS

El BCR oficializó la reducción de los encajes en moneda local y moneda extranjera para las entidades del sistema financiero mediante las circulares 029-2016 y 030-2016 respectivamente, publicadas en el Diario Oficial El Peruano.

De esta manera, el ente emisor dispuso reducir a 6% la tasa de encaje mínimo legal en soles desde 6.5%, y la tasa de encaje aplicada a las obligaciones sujetas al régimen general, así como disminuir de 70% a 48% la tasa de encaje para las obligaciones indexadas.

Estas medidas tienen por finalidad proveer de liquidez necesaria (al sistema financiero) para continuar promoviendo la evolución ordenada del crédito, según la Circular N° 029-2016 del Banco Central de Reserva del Perú (BCR).

Con la reducción del encaje en moneda nacional se inyectará 300 millones de soles al sistema financiero.

Asimismo, resolvió rebajar de 60% a 48% el límite máximo de la tasa media de encaje en dólares y de 70% a 48% la tasa marginal de encaje de las obligaciones sujetas al régimen general.

Estas medidas buscan mantener estables las condiciones crediticias, en un contexto de desaceleración del crédito y de tasas de interés internacionales más altas, según la Circular 030-2016 del BCR.

Según las disposiciones finales de ambas circulares, estas medidas entrarán en vigencia a partir del periodo de encaje de enero del 2017.

¿Qué es el encaje?

Es la reserva de activos líquidos que las empresas del sistema financiero deben mantener para fines de regulación monetaria, en efectivo (fondos en bóveda de las empresas del sistema financiero) y como depósitos en cuenta corriente.

Fuente: Andina