UNMSM - Aula de Derecho

De acuerdo al polémico dictamen de la nueva Ley Universitaria, aquellos profesores que no cuenten con maestría no podrán ejercer la docencia universitaria en el nivel de pregrado.

Cabe señalar que en el artículo 40 del capítulo V se ratifica que para la obtención de la maestría se requiere haber aprobado los estudios de una duración mínima de cuatro semestres con un contenido mínimo de 48 créditos.

Asimismo, se indica que para fines de homologación o revalidación, los títulos o grados académicos otorgados por universidades o escuelas de Educación Superior extranjeras se rigen por lo dispuesto en la presente Ley.

Este punto generaría preocupación para aquellos docentes que cuentan con maestrías obtenidas en el extranjero y que tuvieron solo una duración de dos semestres.

Posición de la CCL

De otro lado, la Comisión de Educación de la Cámara de Comercio de Lima, consideró que debe de haber una nueva ley universitaria para reformar la educación superior.

Sin embargo, su presidente, Idel Vexler, rechazó que la discusión se centre solo en la creación de un organismo que fiscalice vigile, controle e intervenga en el desarrollo académico y administrativo de las universidades, pues no es conveniente. “Sería bueno que se estudie la creación de un organismo técnico, especializado, de ninguna manera dependiente del Ministerio de Educación , que se enmarque dentro del respeto irrestricto de la autonomía administrativa, académica y de gestión de las universidades”, anotó.
Añadió que se debe contribuir a generar nuevos egresados que respondan a los requerimientos del desarrollo integral del país.

EL DATO

Discusión. Alberto Beingolea, congresista del PPC, cuestionó una vez más el dictamen de la Ley Universitaria, tras señalar que se requieren de un mayor debate. Añadió que la ANR “no tienen autoridad moral para hacer la oposición que ha hecho, más favor le haría a la universidad peruana si se quedan callados”.

GESTIÓN