chilca

 

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la causa de fuerza mayor sustentada por la empresa Termochilca S.A., al amparo del literal e) del Artículo 69 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Aprobar la modificación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Santo Domingo de los Olleros de la que es titular Termochilca S.A., referida a la instalación del Grupo G2 con turbina a vapor, precisando que la Puesta en Operación Comercial será hasta el 31 de julio de 2018, sobre la base de lo resuelto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, quedando subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

 

Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas

 

El Peruano