Foto: Perú 21

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Ejecutivo envió proyecto de ley al Congreso con el que busca bajar costos laborales. Se flexibilizan condiciones para despidos colectivos y nuevos contratados podrían recibir como gratificación y CTS menor porcentaje de sus sueldos.

Tras la propuesta de reducción del Impuesto a la Renta para las personas, que fue bien recibida por todos, el gobierno sacó un par de “ases bajo la manga” con medidas dirigidas a reducir los costos laborales a costa de los ingresos de los trabajadores y facilitar el despido colectivo por cuestiones económicas.

Para ese fin el Ejecutivo presentó al Congreso un proyecto de Ley que –dice– promueve el Mejor Desempeño del Mercado Laboral, modificando la legislación vigente.

La iniciativa propone que las empresas puedan establecer bonos de hasta 20% de la remuneración anual, que no serán considerados para el cómputo de las gratificaciones, CTS, EsSalud y pensiones.

Esta medida perjudicaría al trabajador si se analiza el siguiente ejemplo: Si actualmente un trabajador es contratado por S/. 1.000 al mes, las gratificaciones y la CTS que le corresponden se calcularán sobre esos S/. 1.000. Es decir, en un año el trabajador recibirá doce sueldos por un total de S/. 12.000, dos gratificaciones de S/. 1.000 cada una y un depósito de CTS por S/. 1.000. Todo sumaría S/. 15.000 de ingreso para el trabajador.

Pero con el nuevo sistema propuesto por el gobierno, un trabajador podrá ser contratado por un pago de S/. 1.000, pero divididos de la siguiente manera: S/. 800 como parte de la remuneración y S/. 200 como bono.

De esta manera, al trabajador sólo le tocará S/. 800 por cada gratificación (S/. 1.600 y no los S/. 2.000 que deberían ser) y un sueldo por CTS de S/. 800 y no S/. 1.000 que le correspondería con el actual marco laboral.

“Lo que claramente el proyecto de ley pretende es reducir los costos laborales. Ciertamente lo que puede ocurrir es que el empleador empiece a acordar con su trabajador una reestructuración de su sueldo para incluir este bono de 20% a su pago mensual, pero no sujeto a costos laborales”, explicó el abogado laboralista Ricardo Herrera.

Por ello, señaló que debería precisarse –al no estar incluido en el proyecto–. que este bono se aplicaría sólo para un aumento y no para el monto del salario actual.

Además los criterios de asignación por desempeño de estos bonos podrán ser actualizados por las empresas de acuerdo a sus propias políticas.

Según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) actualmente en el Perú las empresas no le pueden pagar incentivos o bonos de desempeño a sus trabajadores, ya que si esto se hace por dos meses consecutivos es considerado como remuneración y sobre ese monto se debe calcular el pago de beneficios como CTS o gratificaciones.

Por otro lado, con el proyecto de ley también se busca tipificar ciertas acciones para los inspectores laborales, con el fin de que una vez que se realiza una inspección ya queda sellada y no se vuelva a realizar.

“Además si hay una demanda judicial en trámite, el inspector ya no debe continuar con la inspección. Con ello, se establece mayor estabilidad jurídica, porque el Estado dará un solo veredicto sobre determinada causa”, considera Herrera.

Despidos colectivos

La iniciativa legislativa también plantea la reducción del porcentaje de trabajadores requeridos para el despido colectivo por motivos económicos de 10% a 5%.

“Es necesario establecer un porcentaje más adecuado que permita a las empresas ajustar de manera más eficiente el número de trabajadores”, indica el documento.

El ex ministro de Trabajo Javier Neves señaló a La República que con ello el gobierno bajó la valla para que las empresas puedan despedir trabajadores.

“Por presión de los empresarios, ahora una compañía que justifique que tan solo con un 5% de trabajadores que estén comprometiendo la viabilidad de la empresa puede realizar despidos colectivos, cuando antes era 10%. Las causas se les facilitan”, manifestó.

De esta forma, el número mínimo de trabajadores comprendidos en un despido colectivo por motivos económicos, en el caso de la microempresa con 10 trabajadores será uno. Y para las grandes empresas de 500 trabajadores, deberá acreditarse a solo 25 empleados afectados por la situación económica.

Estas propuestas vienen como refuerzo del decreto supremo publicado el viernes último donde se señalaba que las empresas que tengan resultados negativos en sus utilidades durante tres trimestres consecutivos podrán realizar despidos colectivos de sus servidores.

La República