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La consulta previa para que la población que habita en zonas de frontera decida a qué departamento pertenecer, no está establecida en la Ley de Demarcación Territorial, aseguró el miembro del equipo técnico por la región Puno, Heráclides Ojeda Huarilloclla.

Según el mencionado profesional, dicho mecanismo significa que los pobladores de la zona fronteriza son sometidas a una consulta en la cual ellos toman la decisión de a dónde pertenecer, pero la Ley de Demarcación Territorial no regula para casos interdepartamentales o interregionales.

Explicó que esa consulta a la población se aplica solo en aspectos de demarcación de nivel distrital o provincial, dentro de la jurisdicción de una determinada región; por esa razón, no está referido para casos de departamentos.

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Respecto a la anexación, refirió que la ley establece que puede producirse cuando la jurisdicción o las autoridades que están involucradas no prestan la atención o los servicios necesarios que los pobladores solicitan, por lo que estos piden ser anexados a otra jurisdicción de la que sí están recibiendo esta atención, pero en este caso no es de aplicación, pues están en el proceso de demarcación territorial.

En ese marco, Ojeda Huarilloclla señaló que los miembros del Equipo Técnico por la región Puno están a la espera de que el Viceministerio de Gobernanza Territorial (VGT), de la Presidencia de Consejo de Ministros (PCM), convoque a las partes para exponer sus planteamientos respecto al tramo III, y también dijo que están en constante coordinación con los procuradores.

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Fuente: Los Andes