Foto: La República

Foto: La República

Para estimular la economía, en julio el Gobierno redujo el monto intangible de la CTS de seis a cuatro remuneraciones . ¿Interesado? Tiene hasta fines de diciembre.

Si aún no ha retirado el excedente de su CTS, su plazo límite es el 31 de diciembre para cobrar hasta el 100% del excedente de cuatro remuneraciones.

Según el reglamento de la libre disponibilidad de laCTS, el monto intangible se determinará multiplicando por cuatro la última remuneración mensual percibida por el trabajador al momento de hacer su solicitud.

Qué hacer

1. El trabajador debe comunicar por escrito a su empleador su decisión de disponer de sus depósitos de CTS.

2. El empleador, en un plazo no mayor a cinco días hábiles luego de recibida la comunicación, informará por escrito a la entidad financiera donde depositó el CTS el monto intangible. Esta comunicación puede ser trasladada por el propio trabajador.

3. La entidad financiera determina la suma de libre disposición de acuerdo con la información proporcionada por el empleador.

Entidades
¿Busca cambiar sus depósitos de la CTS? De acuerdo con la información de Superintendencia de Banca, Seguros y AFP(SBSla entidad que más paga por la CTS es FinancieraTFC con una tasa de 8.05% por los depósitos en soles.

Revise la relación de la SBS de las entidades financieras y las tasas que pagan por depósitos de CTS

Gestión