Evaluación de un terreno contaminado.

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También actualizó los Estándares de Calidad Ambiental para suelo

El Ministerio del Ambiente (MINAM), mediante Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM, aprobó los criterios para la gestión de sitios contaminados, que permitirá la evaluación y remediación de sitios contaminados en áreas de proyectos, actividades en curso y en el cierre o abandono parcial o total de sus operaciones. Esta norma ha sido coordinada con las autoridades sectoriales competentes, recogiendo las opiniones del sector público, privado y la ciudadanía en general a través de la pre publicación de la propuesta normativa el 22 de julio de este año, mediante la Resolución Ministerial N° 212-2017-MINAM.

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La norma establece criterios técnicos para que las autoridades sectoriales nacionales que ejercen funciones en el ámbito del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), y que están a cargo de la regulación y promoción de actividades productivas, extractivas y de servicios, regulen la evaluación y remediación de sitios contaminados, con la finalidad de salvaguardar los aspectos de salud pública y protección ambiental.

En base a la norma publicada, las autoridades sectoriales competentes, con el apoyo del Ministerio del Ambiente, desarrollarán normas, instrumentos y procedimientos específicos acordes a la realidad de cada sector (industria, minería, energía, etc.) que permitan la prevención y gestión de sitios contaminados. De este modo, las empresas y responsables de la gestión de sitios contaminados contarán con un conjunto de criterios modernos y objetivos para desarrollar dicha labor.

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Asimismo, se establecen disposiciones referidas a los titulares de las actividades productivas, extractivas o de servicios, las Entidades de Fiscalización Ambiental, las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local con competencias de certificación ambiental en el marco del SEIA, y las municipalidades del país encargadas de realizar procedimientos de cambio de uso de suelos.

Para efectos de la aplicación del Decreto Supremo se consideran actividades potencialmente contaminantes para el suelo aquellas que usan, manejan, almacenan, producen, emiten o disponen materiales, sustancias o residuos peligrosos que, por su toxicidad, movilidad, persistencia y/o biodegradabilidad, entre otras características, son capaces de generar la contaminación del suelo.

La evaluación y remediación de sitios contaminados constituye un tema de alta relevancia en el Perú, que contribuye con el tratamiento de los impactos ambientales sobre el suelo en su calidad de cuerpo receptor, a efectos de proteger la salud de las personas y el ambiente.