Ejecutivo presenta nuevos reglamentos de protección ambiental para las actividades mineras y de hidrocarburos

Representan una muestra del trabajo técnico y coordinado del Gobierno, a través del MINEM y el MINAM por mejorar la institucionalidad ambiental

Las actividades extractivas representan un enorme reto para la gestión ambiental en nuestro país. Para enfrentarlo adecuadamente, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) ha actualizado sus reglamentos de protección ambiental minera y de hidrocarburos siguiendo los lineamientos establecidos en la Ley del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y su reglamento. 

Estos reglamentos ambientales buscan garantizar la sostenibilidad ambiental y reflejan el cambio que vienen experimentando las industrias modernas de la minería y los hidrocarburos para integrar sus operaciones en armonía con el ambiente.

Las premisas que guían estos reglamentos son la debida protección ambiental y social, la inclusión y el bienestar de las comunidades vecinas a los proyectos, así como la promoción de la inversión en un marco de seguridad jurídica y desarrollo sostenible.

Reglamento ambiental para la actividad minera

Este reglamento actualiza las normas ambientales del sector minero luego de casi 20 años, estableciendo mejoras en el proceso de certificación ambiental al introducir criterios e instrumentos ambientales y sociales que precisan los impactos y las medidas necesarias para el cuidado ambiental. 

Asimismo, incorpora importantes aportes como los Términos de Referencia Comunes y Específicos para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental (EIA) detallado con una estructura que todos los proyectos deben seguir.

También prevé que el MINEM realice la evaluación técnica del EIA en paralelo a su elaboración, de manera que el seguimiento temprano optimice el trámite de la evaluación y reduzca el número de observaciones. Estas medidas contribuyen al fortalecimiento y optimización del proceso de certificación ambiental.

A su vez, prevé que la certificación ambiental pierde vigencia si dentro del plazo máximo de tres años -posterior a su aprobación-, el titular no inicia las obras para la ejecución del proyecto. 

El reglamento está diseñado para regular adecuadamente la gestión ambiental, tanto de las actividades de explotación, como de las plantas de beneficio, transporte, labor general y almacenamiento de minerales.

De igual modo, incluye la elaboración del Plan de Desarrollo Comunitario y del Plan de Gestión Social, con el fin de lograr una transparencia progresiva ante la comunidad.

Destaca también como una nueva medida que la evaluación de los EIA se realice a través del Sistema de Evaluación Ambiental en Línea (SEAL), un proceso ecoeficiente en la gestión pública que permitirá distribuir la información de manera electrónica a otras entidades vinculadas al proceso de evaluación ambiental.  

Reglamento para la actividad de hidrocarburos

De la misma forma, el reglamento ambiental de hidrocarburos desarrolla criterios para la clasificación del EIA en función al tipo de proyecto, su entorno y la magnitud de los impactos, brindando especial protección a las áreas naturales protegidas, ecosistemas frágiles, entre otros. Además, el reglamento precisa medidas de protección para prevenir y evitar impactos en ecosistemas marinos y terrestres y precisa medidas para la conservación de la biodiversidad.

Es importante resaltar también la incorporación de lecciones aprendidas que permitan una mejor gestión de la conflictividad social, por lo que se realiza una mejora en la participación ciudadana en la vigilancia y el monitoreo ambiental participativo, incorporando a las poblaciones locales.

Por otro lado, prevé que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA adopte medidas correctivas y solicite la actualización del EIA si los impactos ambientales generados difieren significativamente de los declarados en el instrumento ambiental aprobado. Asimismo, reconoce la validez de información de “línea base” para su uso en etapas posteriores, lo que implicará, sin reducir las exigencias ambientales o sus plazos, eliminar la duplicidad de trámites para el administrado.

Finalmente, el reglamento integra el Estudio de Riesgo y el Plan de Contingencia al Estudio de Impacto Ambiental, previa opinión favorable de Organismo Supervisor de la Inversión en Energia y Minas – OSINERGMIN. Esta integración permitirá optimizar mediante el manejo de un solo estudio integrado la gestión del estudio ambiental tanto para la autoridad competente como para la de fiscalización ambiental.

Ambos reglamentos reconocen las competencias del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE, en la evaluación de estudios ambientales detallados y del OEFA en la fiscalización ambiental.

Los reglamentos ambientales son una muestra del trabajo técnico y coordinado del Gobierno, a través del MINEM y el MINAM por mejorar la institucionalidad ambiental.

Cabe destacar que actualmente las industrias extractivas representan casi las dos terceras partes de nuestras exportaciones y sus proyectos de inversión suman más de 68,000 millones de dólares.

MINEM