Foto: Gestión

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Tal como lo anunció a inicios de marzo la titular de Energía y Minas, Rosa María Ortiz, el Ejecutivo presentó ante el presidente del Congreso, un proyecto de ley a fin de subsidiar las tarifas eléctricas residenciales cobradas en provincias con miras a igualarlas a las de la capital.

Se trata del proyecto de ley que crea el Mecanismo de Compensación de la Tarifa Eléctrica Residencial la que será aplicable – según se indica – “a todos los usuarios residenciales del Servicio Público de Electricidad independientemente de su ubicación geográfica y del sistema eléctrico al que pertenezcan”.

Este será financiado “con los saldos disponibles del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE) hasta un máximo de S/ 180 millones anuales y no demanda recursos adicionales al Tesoro Público”.

El proyecto del Ejecutivo agrega que, el mecanismo de compensación a la tarifa eléctrica residencial, está orientado a reducir el cargo por energía y el cargo fijo BT5B (clientes regulados de baja tensión) así como otras opciones tarifarias aplicables a los usuarios residenciales en todos los sistemas eléctricos del país antes de la aplicación del mecanismo del Fondo de Compensación Social Eléctrica (FOSE).

Este subsidio – especifica el planteamiento que lleva la rubrica de Ollanta Humala – se aplica únicamente en las facturaciones de los usuarios residenciales de aquellos sistemas eléctricos que tengan un cargo de energía mayor que el cargo ponderado referencial único de energía.

En caso que el cargo de energía del sistema eléctrico sea menor que el cargo ponderado referencial único de energía, se aplicarán a los usuarios residenciales los cargos fijo y de energía correspondiente a sus sistema eléctrico.

La norma planteada apuntala a que sea el Osinergmin la institución que determine el monto que el FISE deberá transferir mensualmente a las distribuidoras eléctricas que apliquen el mecanismo de compensación a la tarifa eléctrica residencial.

Las transferencias mensuales serán fijadas trimestralmente y la suma de los montos que se transfieran a las distribuidoras eléctricas en un año, no deberá exceder a los recursos habilitados por la administración del FISE en ese año, remarca el proyecto de ley.

Se exceptúa de este beneficio a los suministros de electricidad con sistemas fotovoltaicos y sistemas similares con otros recursos energéticos renovables no convencionales.

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