El Gobierno creó los “Comités de Gestión e Información Minero Energético” como un mecanismo de coordinación y articulación de alcance regional, con el cual busca mantener informada a la población sobre proyectos en su localidad con el fin de evitar conflictos sociales.

Según la resolución ministerial 354-2018-MEM/DM publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, los comités serán constituidos en cada región minera o energética de manera progresiva y de acuerdo a la priorización que determine el Ministerio de Energía y Minas.
Cada comité tiene la siguiente conformación:
a) Dos representantes del Ministerio de Energía y Minas, uno de los cuales se desempeñará como Presidente del Comité y el otro como Secretario Técnico del Comité
b) Un representante de la Gerencia y/o Dirección Regional de Energía y Minas de cada Región, correspondiente.
c) Representantes de otras entidades públicas y privadas de alcance nacional o regional, cuando sean convocados por los Comités.
Cabe indicar que los representantes del Ministerio de Energía y Minas se designarán mediante Resolución de Secretaría General.
Los Presidentes de cada comité organizan y proponen la agenda, efectúan las convocatorias para las reuniones a ser desarrolladas, y otras funciones que se disponga en los lineamientos de los comités.
La Secretaría Técnica brinda a los comités el apoyo técnico y administrativo necesario para su funcionamiento y el cumplimiento de su objeto; elabora y conserva las actas de cada sesión y los reportes de avances
Además determina la frecuencia de las reuniones en coordinación con el comité; y, realiza otras funciones que le asigne la Presidencia del comité.
Cada comité podrá invitar a representantes de otras entidades públicas y privadas para el mejor cumplimiento de su objeto a fin que brinden su colaboración, asesoramiento o apoyo, sin que ello genere gastos adicionales al Tesoro Público.
Se puede designar a un representante alterno de los titulares de los comités, mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia del comité.

Objetivos

Los comités tienen las siguientes funciones:
Tomar conocimiento e informar de los compromisos y obligaciones a cargo de las entidades públicas y privadas, en relación con las actividades que se desarrollan en las Regiones al que corresponde el comité.
Promover mecanismos de transparencia y acceso a la información dirigidos a las poblaciones sobre temas minero energético.
Identificar y promover las buenas prácticas minero energéticas para un mejor relacionamiento de las empresas con las poblaciones asentadas en torno al desarrollo de sus operaciones.
Coordinar e impulsar con los Gobiernos Regionales la identificación y avances de proyectos de desarrollo y bienestar social en favor de las poblaciones relacionadas a las operaciones y proyectos mineros y energéticos.
 

Instalación

Los Presidentes de los comités otorgarán el Acta de constitución del mismo, dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles, desde su designación.
Asimismo, los Comités de Gestión e Información Minero Energético presentan un informe trimestral al Ministro de Energía y Minas sobre los avances y acciones desarrolladas, o cuando se solicite.
Finalmente, la norma indica que el cumplimiento de las funciones de los comités se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Acercamiento a regiones

El MINEM sostuvo que el Gobierno está impulsando la creación de comités de gestión e información minera energética en las regiones, con el fin de estar cerca a las comunidades y autoridades involucradas en algún proyecto.
En ese sentido, adelantó que el primer comité a instalar tendrá lugar en la región Moquegua, justamente por la construcción del proyecto cuprífero Quellaveco.

Fuente: Andina