Perú es un país de renta media alta, calificación lograda coincidentemente con el alto desempeño que ha tenido la minería en el país y los tributos que le ha reportado. Sin embargo, la manera tan rápida como ocurrió este fenómeno económico tomó a los gobiernos de sorpresa y la mayoría no pudo responder las expectativas. Las quejas contra los gobiernos regionales y locales por su poca capacidad para invertir los fondos recaudados por el impuesto a la renta que les llega mediante el canon minero ha sido la crítica constante aunque el gobierno nacional incurrió en similares fallas. Como muestra de transparencia, Perú se adhirió a la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI por sus siglas en inglés) una propuesta impulsada por el Reino Unido, cuyo objetivo es aumentar los ingresos y transparencia en los pagos en el sector extractivo. Es decir, un acuerdo básicamente anticorrupción, orientado a los países africanos carentes de estabilidad social, política y económica.

Entre los 32 países que suscriben el EITI, Perú se encuentra con Afganistán, Irak, República de Congo, Sierra Leona, Guatemala y Chad, este último considerado el país con mayor índice de corrupción en el mundo.

En ese contexto ¿cuánto ayudará la consulta previa? Cuando se promulgó la ley, muchas expectativas surgieron para la población. Por fin el uso del subsuelo compensaría a sus legítimos propietarios como corresponde o en su defecto el subsuelo quedaría inmaculado.

La pregunta ¿soy indígena o solo soy peruano? Aparece en el imaginario del poblador que piensa en las bondades de la ley de la consulta previa aunque la realidad no está definida.

Bosques deforestados

En la región amazónica de Madre de Dios, las comunidades nativas tenían frecuentes conflictos con los mineros informales que ya deforestaban y erosionaban suelos de alta biodiversidad, “protegidos” por tratados internacionales. Sin embargo, algunas normas, al amparo de principios sobre derechos de igualdad, promovieron integrar en supuesta armonía a los nativos hacia aquella minería “artesanal” dado que estaban en su “poder”. Así mediante talleres participativos, algo así como el primer paso hacia la consulta previa muchos nativos aceptaron a los denominados “invitados” en condiciones definidas como ilegales pero asumidas como legítimas.

Como resultado, extensas áreas boscosas han sido convertidas en arenas desérticas, que incluso ahora están siendo removidas nuevamente porque el precio del oro lo paga, los ríos deberán soportar mayores efluentes sin tratamiento alguno que los “mineros de avanzada (pues sacan hasta el último gramos de oro de aquellas arenas)” vierten en laAmazonía.

OIT: El Convenio169

El convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), exige garantías mínimas de los derechos de los pueblos indígenas y trivales; y que tengan un tratamiento equitativo en las sociedades en que viven. En Latinoamérica 16 países no logran implementarlo pese a sus esfuerzos.

Para la organización se trata de una obligación “joven” que avanza principalmente en Latinoamérica, aunque no lograron que dicho convenio lo firmara los Estados Unidos.

Se deduce que para lograr la consulta con equidad se requerirá del apoyo de consultores que puedan dar el conocimiento requerido a estos pueblos.

La ley de la consulta previa demanda el reglamento

¿Tendrán derecho las comunidades de Pisco a rechazar centrales hidroeléctricas y que por ejemplo se retire la planta de fraccionamiento?

Parece que sí, pero no. Aunque no está definido cuáles son los pueblos empadronados como indígenas y trivales todo indica que la población demanda estar incorporada en una consulta de ese tipo: que se respete sus cultura sus costumbres y no se altere su forma de vida. Empiezan a pedir eses poder de permitir o rechazar un determinado proyecto. También es una incógnita si podrán limitar los proyectos de las industrias extractivas.

La ciencia no interviene y la política lo hace con mediocridad

La labor de la OIT con dicho convenio, según sus documentos, se orientó a la adopción y supervisión de normas, y brindar asistencia técnica y capacitación a los pueblos indígenas y tribales y a los Estados para la consecución del goce pleno de los derechos de tales pueblos.

Habría que precisar cuánto han hecho hasta la fecha los gobiernos por la capacitación de los pueblos indígenas y cuanto de ello se incorporará en el nuevo reglamento para que las comunidades indígenas no sean seducidas por el precio del oro o el del cobre, en términos de minería informal.

La ciencia podría cumplir roles significativos pero está ausente, mientras los activistas políticos no participan en esos contenidos que habrán de impartirse o el método con el cual se trabajará esa capacitación.

Los malos y los buenos

Si la educación se circunscribe a simples talleres ¿cuál será aporte de la ley de la consulta previa? ¿Realmente los pueblos tienen conocimiento pleno de sus derechos? ¿Estarán expuestos a manipulaciones? ¿La minería artesanal es buena por sí misma o tiene el maquillaje de dar mano de obra intensiva pero detrás hay una actividad esclavizante que somete a las personas a servir a terceros con el riesgo a perder la salud y la propia vida sin protección alguna?

No existe cifras concretas sobre cuántas personas viven de la minería informal y en qué condiciones laboran y la permisibilidad de la OIT en el tema, es subsanada con eventuales talleres. Las estimaciones resultado de investigaciones de cooperación técnica internacional se han quedado solo en eso y el problema crece en la dimensión que aumenta el preciodel oro que ya mira los 2.000 dólares la onza y que convierte atractivo cualquier territorio biodiverso o estéril.