(Foto:La República)

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El Ministerio de Energía y Minas (MEM) modificó hoy los criterios para los usuarios del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), un esquema de compensación para los sectores más vulnerables de la población que facilita su acceso al gas doméstico o GLP.

En los considerandos de la resolución ministerial se indica que resulta necesario precisar la aplicación del criterio categórico, además de establecer un procedimiento que permita la exclusión gradual de los usuarios FISE que no reúnan el criterio socioeconómico de focalización individual establecido en el artículo 6 del Reglamento, lo cual permitirá una actualización óptima del Padrón de Beneficiarios.
El artículo 6 señala que “conforme a lo establecido en el artículo 7.2 de la Ley, los hogares, las instituciones educativas públicas y los comedores populares a los que se les asignará una compensación social y/o promoción para el acceso al GLP, deberán cumplir con criterios de focalización”.
Uno de estos criterios es “ser usuario residencial de electricidad con consumo promedio mensual calculado sobre la base de los últimos 12 meses, incluido el mes que se factura, menor o igual a 30 Kwh y que cuenten con una cocina a GLP”.
Pero aquí viene la modificación, porque se establecen algunos criterios adicionales para seguir siendo usuarios FISE, tomando en cuenta que la Distribuidora Eléctrica calcula mensualmente el consumo promedio de electricidad, sobre la base de los últimos 12 meses incluido el mes que se factura.
En los casos en que se verifique que el usuario FISE haya registrado cuatro meses seguidos de consumo promedio de electricidad, calculado de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior, superiores a los umbrales definidos en el presente criterio, se suspenderá temporalmente la asignación de la Compensación Social y/o Promoción para el acceso al GLP hasta que el usuario FISE registre un consumo promedio de electricidad, calculado de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior, menor o igual a 30 Kwh.
Asimismo, “en los casos en que se verifique que el usuario FISE haya registrado 12 meses seguidos de consumo promedio de electricidad, calculado de acuerdo a lo establecido, superiores a los umbrales definidos en el presente criterio, se suspenderá definitivamente la asignación de la Compensación Social y/o Promoción para el acceso al GLP”.
Andina.