Foto: Correo

Foto: Correo

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 193-2016-MEM/DM

Lima, 20 de mayo de 2016

VISTO: El Expediente N° 14362815 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para la Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Talta – Pórtico S.E. Tambomayo, presentado por Consorcio Energético de Huancavelica S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11462714 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el documento N° CONENHUA-GG-062-2015 ingresado con Registro N° 2518443 de fecha 14 de julio de 2015, Consorcio Energético de Huancavelica S.A. solicitó la concesión definitiva para realizar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Talta – Pórtico S.E. Tambomayo, ubicada en los distritos de Caylloma y Tapay, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, cuyas coordenadas UTM (PSAD 56) figuran en el Expediente;

Que, mediante la Resolución Sub Gerencial Regional N° 140-2014-GRA/ARMA-SG de fecha 27 de noviembre de 2014, la Autoridad Regional Ambiental del Gobierno Regional de Arequipa aprobó a favor de Consorcio Energético de Huancavelica S.A., el Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado del proyecto “Línea de Transmisión
66 kV S.E. Caylloma – S.E. Tambomayo”;

Que, mediante la Resolución Sub Gerencial Regional N° 035-2015-GRA/ARMA-SGCA de fecha 25 de junio de 2015, la Autoridad Regional Ambiental del Gobierno Regional de Arequipa aprobó a favor de Consorcio Energético de Huancavelica S.A., el Informe Técnico Sustentatorio del proyecto “Repotenciación de LT 66 kV a LT 138 kV Subestación Talta – Subestación Tambomayo”;

Que, la petición se encuentra amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación;

Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, luego de haber verificado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 242-2016-MEM/DGE-DCE, recomendando otorgar la concesión definitiva de transmisión;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 y 28 de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de Consorcio Energético de Huancavelica S.A., la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Talta – Pórtico S.E. Tambomayo, ubicada en los distritos de Caylloma y Tapay, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:

Salida/Llegada de la

Línea de Transmisión

Tensión

(kV)

N° de

Ternas

Longitud

(km)

Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde

(m)

S.E. TALTA – PÓRTICO S.E. TAMBOMAYO

138

01

32,2

20

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 483-2016 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Consorcio Energético de Huancavelica S.A., el cual consta de 19 cláusulas y 04 anexos.

Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión, aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 5.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 483-2016 referido en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS

Ministra de Energía y Minas

El Peruano – Normas Legales http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/otorgan-concesion-definitiva-a-favor-de-consorcio-energetico-resolucion-ministerial-n-193-2016-memdm-1383995-1/#sthash.37hPn4TB.dpuf