Minagri modificó la forma y plazos para el pago de la retribución económica por parte de los usuarios por el uso del agua y por el vertimiento de agua residual tratada.

El Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) modificó la forma y plazos para el pago de la retribución económica por parte de los usuarios por el uso del agua y por el vertimiento de agua residual tratada.

Según explica la resolución jefatural 199-2017-ANA publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, el mecanismo para el pago de la retribución económica para los usuarios con autorizaciones de uso de agua no se encuentra acorde a lo previsto en la Ley de Recursos Hídricos.

“En consecuencia resulta necesario modificar el numeral 2.5 del artículo 2 de la Resolución Jefatural N° 058-2017-ANA, a efecto que los usuarios con autorizaciones de uso de agua efectúen el pago de la retribución económica en forma anual y de acuerdo al volumen de agua utilizado”, señala la norma.

En ese sentido la nueva normativa establece que los usuarios con autorizaciones de uso de agua, así como los que hacen uso de agua en proyectos hidroenergéticos para la ejecución de obras y pruebas hidráulicas, pagarán la retribución económica en forma anual.

Asimismo que el importe a pagar se determina en base al volumen de agua utilizado y el valor de la retribución económica que establece el Decreto Supremo del año en ejercicio.

“A finales del año o al término del plazo de la autorización, el usuario deberá comunicar a la Administración Local de Agua respectiva, en los cinco días hábiles siguientes, el volumen de agua utilizado”, estipula.

Finalmente ordena que si el usuario no utiliza el agua de manera inmediata, comunicará a la Administración Local de Agua, la fecha que iniciará el uso del agua.

Fuente: Andina