OEFAEl Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) informó que con la aprobación de las normas reglamentarias que se publicaron hoy, garantizan una fiscalización ambiental efectiva, se reconoce la importancia de la participación ciudadana en la vigilancia ambiental.

Según resolución de Consejo Directivo 26-2014-OEFA/CD se aprobaron las normas reglamentarias para aplicar el artículo 19° de la Ley 30230 (Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país).

De acuerdo a la norma, cualquier persona natural o jurídica con interés legítimo podrá intervenir como tercer interesado en los procedimientos administrativos que se tramitan ante el OEFA.

En tal sentido, las comunidades campesinas, las poblaciones indígenas, las organizaciones civiles de defensa del ambiente, entre otras, estarán en la facultad de aportar pruebas sobre la existencia de infracción administrativa o sobre el incumplimiento de una medida cautelar o correctiva.

Asimismo, se reconoce la facultad de la OEFA para dictar medidas preventivas, cautelares y correctivas; y también para imponer multas coercitivas ante el incumplimiento de estas acciones.

Este artículo 19 no afecta el dictado de mandatos de carácter particular, ni las medidas antes mencionadas, las cuales garantizan la efectiva y oportuna protección del ambiente y la salud de las personas.

Ahora, las multas coercitivas, que tienen una naturaleza distinta a las multas administrativas, pueden duplicarse sucesivamente e ilimitadamente en tanto persista el incumplimiento de la medida cautelar o correctiva por parte de la empresa investigada o infractor, de acuerdo al caso que se presente.

Andina