Foto: El Comercio

Mediante la resolución 058-2017, el Organismo Supervisor de la Inversión en Minería y Energía (Osinergmin) aprobó la creación del cargo RER autónomo, que será aplicado al servicio de suministro de energía renovable en Áreas No Conectadas a Red.

El cargo se aplicará en la costa, sierra y selva del Perú y está clasificado en tres tipos por consumo: hasta 85 Wp, 425 Wp y 850 Wp.

La facturación será mensual y el reparto de los recibos y facturas se realizará de forma trimestral.

El cargo RER complementa el nuevo régimen de suministro de electricidad para áreas no conectadas a la red, que supone la instalación de paneles fotovoltaicos en casas, colegios y postas médicas de las zonas rurales del país.

Ver también:  Osinergmin verificó las nuevas redes de gas natural instaladas en Bayóvar Ampliación, en San Juan de Lurigancho

Este servicio estará a cargo de los inversionistas que resulten ganadores de las subastas para el suministro de energía en áreas no conectadas a la red. La primera subasta, realizada en noviembre de 2014, fue adjudicada a la compañía Ergon Perú S.A.C.

CORTE Y RECONEXIÓN

La norma también fija cargos para el corte y la reconexión de sistemas fotovoltaicos. Así, se establece que el proveedor podrá cortar el servicio cuando el usuario no haya pagado por dos o más meses, durante visitas técnicas programadas.

Además, se retirará el sistema fotovoltaico cuando no se haya pagado durante seis meses o  vulnerado, alterado o intervenido los equipos sin autorización previa.

Se le quitarán los paneles cuando estos hayan sido conectados a equipos que no cuenten con características técnicas indicadas por el inversionista o se exceda la carga.

Ver también:  Osinergmin verificó las nuevas redes de gas natural instaladas en Bayóvar Ampliación, en San Juan de Lurigancho

También se retirará cuando se haya registrado robo o sustracción de los equipos, componentes o instalaciones internadas de los sistemas fotovoltaicos.

Fuente: El Comercio