Foto: Andina

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El Gobierno aprobó la operación de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), hasta por la suma de 300 millones de dólares, destinada a financiar parcialmente el proyecto “Construcción de la Línea 2 y Ramal Faucett-Gambeta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”.

A través de un decreto supremo, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, refiere que la cancelación de dicha operación será en 22 cuota semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera el 15 de mayo de 2021 y la última el 15 de noviembre de 2031.
Asimismo, establece que esta operación devengará una tasa de interés basada en la tasa LIBOR a seis meses, más un margen variable a ser determinado por el BIRF de acuerdo a su política de operaciones.
“El referido endeudamiento externo estará sujeto a una comisión de compromiso del 0.25 por ciento anual sobre los saldos por desembolsar del préstamo y a una comisión de financiamiento equivalente al 0.25 por ciento sobre el monto del préstamo”, refiere.
Conversión de moneda
De otro lado, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, para que en el marco de la operación de endeudamiento externo pueda ejercer las opciones de conversión de moneda, conversión de la base de la tasa de interés, y establecimiento de límites a la tasa variable.
Para tal fin, se autoriza al director general de dicho organismo a suscribir, en representación de la República del Perú, las instrucciones de conversión así como toda la documentación que se requiera para implementar las referidas opciones.
Unidad ejecutora
Además, señala que la Unidad Ejecutora del Proyecto “Construcción de la
Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao Provincias de Lima y Callao, Departamento de Lima” será el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao (AATE).
Suscripción de documentos
También autoriza al MEF a suscribir en representación del país el contrato de préstamo de la operación de endeudamiento externo, así como al director general de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir los documentos que se requieren para implementarla.
Por último, el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de endeudamiento externo será atendido por el MEF con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.
Fuente: Andina