Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles

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El Senace ha declarado la nulidad de oficio de la resolución directoral mediante la cual se aprobó la renovación de la inscripción de la empresa Consultoría Carranza E.I.R.L. en el subsector de Minería del Registro Nacional de Consultoras Ambientales por transgredir el Principio de Presunción de Veracidad. La declaración de la nulidad de oficio se encuentra sustentada en la Resolución Jefatural Nº 093-2017-SENACE/J, disponible en nuestro portal institucional.

En el marco de la actividad de fiscalización posterior, el Senace identificó que la consultora ambiental en cuestión habría presentado documentación o información no veraz dentro del expediente de renovación de registro. Tras efectuar la indagación correspondiente y brindar al administrado la posibilidad de ejercer su derecho de defensa, el Senace determinó que la consultora presentó documentación no veraz y, por lo tanto, incumplió los requisitos establecidos en la normativa vigente.

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El Senace reafirma su compromiso con el fortalecimiento de la calidad y rigurosidad en los estudios de impacto ambiental, lo cual requiere de consultoras ambientales con altos estándares técnicos y prácticas de gestión transparente y confiable. Las acciones de fiscalización posterior en el registro de consultoras ambientales buscan asegurar que las consultoras cumplan con dichos estándares y constituye una tarea permanente.