SMV
Ello es de manera obligatoria
La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) aprobó las normas para la difusión de información al Mercado de Valores, que establece la obligación de las emisores con valores o programas inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores (RPMV) deberán contar con una página web corporativa.

Así, teniendo en consideración que las páginas web corporativas se han constituido como importantes medios de comunicación de los emisores con sus accionistas, los emisores deberán difundir por medio de su página web corporativa, al menos, su información financiera (incluyendo notas y el Informe de Gerencia), hechos de importancia y memoria anual

Ello inmediatamente después de haberla remitido a la SMV y, en ningún caso, más allá del día hábil en que esta haya sido difundida al regulador.

Además, dicha resolución establece que las empresas emisoras deben mantener disponible en su página web corporativa un registro histórico de por lo menos dos años de la referida información.

De esta forma, la SMV sigue comprometida con fortalecer la protección del inversionista y velar por la transparencia del mercado, adecuando el marco normativo a estándares internacionales.

Esta disposición entrará en vigencia a partir del 1 de agosto de 2017.
Fuente: Andina