energía_eléctrica

De conformidad con lo previsto en el artículo 28* del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Supremo No. 093-2002-EF y el Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada, aprobado mediante Resolución SMV N2 005-2014-SMV/01 (el “Reglamento”), cumplimos con informar en calidad de hecho de Importancia lo siguiente:

Con fecha 4 de marzo de 2015 Dunas Energía ha procedido a pagar la multa ascendente a S/.54,575.00 más los intereses moratorios correspondientes, ascendentes a S/.113.37. Ello, como consecuencia de la sanción impuesta mediante Resolución de Superintendencia Adjunta SMV N° 190-2014-SMV/ll del 11 de diciembre de 2014 (Expediente N9 2013000393), la cual no será cuestionada por la vía Contencioso Administrativa.