SouthernLa Organización de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ha defendido el cobro del Aporte Por Regulación (APR) que las empresas deben dar para la fiscalización ambiental, ya que muchas de ellas están en contra y han presentado una serie de acciones legales para evitar pagar. Entre ellas encontramos a la empresa Southern Perú.

La semana pasada, en entrevista con LaRepublica.pe, el Presidente Ejecutivo del OEFA, Hugo Gómez, explicó que el cobro era importante porque los ingresos del APR eran destinados solo a fiscalización ambiental.

Sin embargo, hay 32 empresas que han presentado su demanda de Amparo ante el Poder Judicial para evadir este pago. Southern Perú Cooper Corporation también está incluida,la misma empresa que llamó a protestantes “terroristas antimineros’ por estar en contra del Proyecto Tïa María.

Southern Perú había amenazado con retirar sus inversiones en Tía María porque “no lo dejaba trabajar el terrorismo antiminero”. Más de 300 personas han marchado, entre ellos el alcalde provincial de Islay, Richard Ale; y los alcaldes distritales de Cocachacra, Punta de Bombón y Dean Valdivia.

La razón es que la población teme a que el proyecto minero operado por Southern Perú contamine cerca de 13 mil hectáreas de zonas de cultivos en el valle del Tambo. Los ministerios (Economía y Finanzas, Agricultura y Ambiente) ya han asegurado que eso no sucederá porque se usará agua de mar desalinizada (explicaremos más adelante).

LAS MULTAS

A pesar de estar en contra del APR, la empresa Southern está al día en su pagos, y en el caso de sus multas, no están judicializadas. Entre 2012 y 2014 tuvo un total de 10 sanciones, de las cuales LaRepublica.pe tuvo acceso a detalle.

En 2012, recibió cinco sanciones y una multa de 98 UIT (S/. 328 000) por exceso de límites máximos permisibles, incumplimiento de recomendaciones de la supervisión y del instrumento de gestión ambiental, entre otras.

En 2013, recibió 3 sanciones 55.49 UIT (S/. 205 000) por incumplimiento de normas de residuos sólidos, no controlar las emisiones hídricas ni eólicas en los accesos y plataformas, incumplimiento de instrumento de gestión ambiental y no evitar ni impedir la disposición de restos de concentrado de cobre sobre el suelo natural.

Finalmente, en 2014 registró dos sanciones 32.72 UIT (S/. 124 000) por incumplimiento de recomendaciones de la supervisión y de la normas de residuos sólidos, entre otras.

Además, se especifica que para 2012, las zonas afectadas fueron Arequipa (una sanción por 10 UIT), Moquegua (dos sanciones por 68 UIT), Tacna (2 sanciones por 20UIT). En 2013, las zonas afectadas fueron Apurímac (una sanción por 24.49 UIT) y Moquegua (dos sanciones por 31 UIT).

Y en 2014, los lugares fueron Moquegua (una sanción por 2 UIT) y Tacna (una sanción por 30.72 UIT). Respecto al polémico caso del proyecto Tía María, tuvo una sanción en el 2012 con un total de multas impuestas de 10 UIT. El área afectada fue Cocachara (Islay, Arequipa), mientras que el estado es ‘sanción concetida. No judicializada’.

CONTRADICCIONES

Después de semanas de protesta y diversas especulaciones de si se contaminará o no esa zona de Arequipa, se han manifestado pobladores, ministerios y quienes dicen defender el crecimiento económico.

Además, los agricultores de la zona aseguran que serán afectados con Tía María. Entre los argumentos mencionaron se encuentra la contaminación del agua que afectará a sus cultivos, y la modalidad de tajo abierto, caracterizado por explosiones, entre otros.

Además, el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), revisado por la Oficina de las Naciones Unidas de Servicio para Proyectos (UNOPS) en 2009, presentó más de un centenar de observaciones que indicaban que el lugar estaba en riesgo.

Dos años después, la empresa Southern Perú presentó un nuevo EIA sobre la base del anterior, actualizando información y agregando nuevos componentes. El nuevo EIA fue aprobado.

¿NO CONTAMINARÁ?

Como ya se mencionó, los ministerios de Economía y Finanzas, Agricultura y Ambiente aseguraron que el proyecto Tía María no contaminará porque las 138 observaciones de UNOPS fueron subsanadas. Explicaron que el proceso de lixiviación que utilizaráSouthern –proceso para recuperar el cobre de la roca- será especial y no generará relaves. No habrá desmontes ni botaderos.

Aseguraron que se garantiza la compatibilidad entre la actividad extractiva con la agraria. Y que el agua utilizada será de mar y se desalinizará.

Para el abogado especializado en materia ambiental, Cesar Ipenza, el estado debe dialogar con la población o explicar de una mejor manera, porque los puntos claves por los que se rechazó el proyecto ya han sido subsanados. “Lo que pasa es que la población no cree”.

“Hubo muchísimas observaciones en el 2011, en aquel entonces la preocupación era por el recurso del agua, pero ya han dicho que no se utilizará agua del río. El tema de recurso hídrico ya está garantizado para la actividad agrícola”, acotó.

Respecto a que Southern es una de las empresas que ha presentado una demanda de Amparo en contra del APR, indicó que es contradictoria su posición.

“Entonces la gente de Southern debe entender que el Aporte por Regulación genera mayor confianza en la población, en la fiscalización y por tanto puede ejercer con más tranquilidad. Evidencia una situación contraria de la empresa. Si esto no sucede, sería una fiscalización casi de papel”, comentó.

OBSERVATORIO DE CONFLICTOS MINEROS

Quien también se ha pronunciado por este caso es el Observatorio de Conflictos Mineros de América Latina. El 30 de marzo informó que, tras analizar el Estudio de Impacto Ambiental ‘subsanado’, encontró varias ausencias, entre ellas un análisis de las características hidrogeológicas de la zona que involucra el proyecto minero (Tía María y La Tapada), utilizando instrumentos de percepción remota, para que se pueda contar con una lectura del subsuelo, de la estructura geología, de los elementos relacionados a los acuíferos y agua subterránea, así como de las direcciones de los flujos de los cuerpos de agua subterránea.

También faltarían estudios sobre la resistencia de la roca madre y de la estructura geológica, las cuales estarán expuestas a constantes voladuras en el proceso de la expansión de los tajos para la remoción del material del cual se extraerá el mineral. Para ello habría que tomar en cuenta el tiempo durante el cual la geología estará sometida a explosiones y los impactos que esto podría ocasionar a la roca madre y la estructura geológica.

DEMANDA DE AMPARO

La demanda de amparo fue presentada el 22 de julio del 2014 ante el Noveno Juzgado Constitucional. Lo último es que el 20 de diciembre del 2014 fue destinada al procurador público del Ministerio del Ambiente. Aún está en proceso.

La República