Fuente: captura de internet

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Nuevo reglamento automatiza y simplifica procedimiento para contribuyentes
El nuevo reglamento para el pago fraccionado de las deudas tributarias, aprobado en julio del año pasado, ha permitido a la Sunat optimizar la atención de las solicitudes presentadas con procedimientos automatizados y la simplificación en los pagos. Ahora los pedidos se atienden en plazos muy cortos.

De esta forma, entre julio del 2015 y mayo de este año se han aprobado 158,081 solicitudes de fraccionamiento por un monto de 1,002.6 millones de soles. De ellos, el 70 %, es decir 111,088 solicitudes se aprobaron en no más de cinco días con un monto fraccionado de 414.6 millones.

Las resoluciones, aprobando las solicitudes, fueron notificadas al Buzón Electrónico de los contribuyentes.

Para lograr reducir el tiempo en la aprobación de las solicitudes (antes el procedimiento podía demandar hasta 45 días) se han automatizado los procedimientos y simplificado los trámites, ofreciéndose también facilidades para el pago.

Los principales beneficiados con estos cambios de la Sunat han sido los pequeños contribuyentes.

Entre julio del 2015 y mayo de este año, al 69 % no se le exigió cuota de acogimiento por tratarse de deudas de hasta 3 UIT (11,850 soles) y plazos de hasta 12 meses para el pago fraccionado.

Las nuevas disposiciones señalan que si el contribuyente solicita el fraccionamiento de una deuda menor a 3 UIT con un plazo no mayor a los 12 meses, no se le exige cuota de acogimiento.

Otro de los cambios que introdujo el nuevo reglamento fue que la posibilidad de solicitar el fraccionamiento de la probable deuda tributaria del contribuyente una vez presentada su Declaración Anual de Renta 2015 de personas naturales, a través de un vínculo en el mismo procedimiento.

Gracias a esta facilidad en la campaña de este año se han recibido más de 14,190 solicitudes de fraccionamiento en línea por un monto de 52.9 millones de soles.

También con el nuevo reglamento se permiten nuevos fraccionamientos (máximo 10) aun cuando tenga otros vigentes, siempre y cuando no exista una resolución de pérdida pendiente de pago del fraccionamiento o del refinanciamiento.

Para todos los casos, la solicitud se registra directamente en el portal de la Sunat, utilizando el formulario virtual.
Fuente: Andina