Foto:La República

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Solo con una copia legalizada del Acta de la Junta Directiva de una Comunidad Campesina, pueden otorgar la autorización del uso del terreno superficial para actividades de exploración y explotación en concesiones mineras, indica el Decreto Supremo 001-2015-EM, el mismo que fue aprobado el mes anterior.

Frente a ello, el presidente del Consejo de Defensa del Territorio de la Provincia de Lampa, Pablo Salas Charca, consideró como un atentando a los derechos colectivos de comunidades campesinas reconocidos en otras normas.

Consideró, que la Asamblea General es el órgano supremo de las comunidades campesinas, donde los comuneros tienen el derecho y la obligación de participar en ella y las decisiones que adoptan rigen la vida comunal, siendo así el mejor representante de la autonomía comunal y no como ahora donde la junta puede decidir.

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Finalmente, manifestó que la dación de esta norma generará conflictos sociales en la región de Puno y el país, sabiendo que ya se han dado hechos lamentables con el caso de Ocuviri, “no directamente por esta situación, sino que tiene una relación directa con la defensa de la tierra”, incidió.

Cabe indicar, que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) emitió el Decreto Supremo 001-2015-EM que aprueba disposiciones para determinar mecanismos más ágiles para los procedimientos administrativos mineros con el fin de agilizar los proyectos de dicho rubro e impulsar la inversión, y de esa manera reducir costos de transacción, entre otros.

Pachammama Radio/Fredy Itusaca