posición. Presidente de la entidad, Hebert Tassano: Falta pronunciamiento de la Sala en Defensa de la Competencia.(Foto: La República)

posición. Presidente de la entidad, Hebert Tassano: Falta pronunciamiento de la Sala en Defensa de la Competencia.(Foto: La República)

El presidente del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), Hebert Tassano, adelantó que existe la posibilidad de que en segunda instancia se modifique o ratifique el fallo para el Aporte Por Regulación (APR) pagado por mineras al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).

“Con la apelación (de la OEFA) se ha suspendido los efectos de lo definido por la comisión, por lo que no existe ninguna variación a la situación de la OEFA”, sostuvo a La República.

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Además, Tassano precisó que la Sala de Defensa de la competencia, en segunda instancia, tiene un plazo de tres meses para pronunciarse ya que debe ir resolviendo en línea de la carga que tiene la sala”, refirió.

Asimismo, el Indecopi detalló que cuando las normas establecen requisitos, prohibiciones o cobros no sustentados por ley, para el desarrollo de actividades económicas o para la tramitación de un procedimiento administrativo, la  Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) puede declararlas barreras burocráticas y ordenar su inaplicación.

“Dicha decisión no significa que se deba anular el cobro del APR, pues la ley sí faculta al Osinergmin a realizar dicho cobro. Además, el pronunciamiento de la CEB no implica el desconocimiento de la obligación que tienen las empresas privadas de cumplir con sus responsabilidades en materia tributaria y ambiental, siempre que estas estén establecidas de acuerdo a ley”, menciona.

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Hay que precisar que el pasado lunes el Poder Judicial le dio la razón a la OEFA declarando infundada la demanda constitucional de acción popular interpuesta por la Sociedad Nacional de Minería Petróleo y Energía (SNMPE) en contra del APR que percibe el OEFA.