La Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa confirmó la improcedencia de la demanda de amparo presentada por la empresa Cerro Verde contra el Decreto Supremo Nº 130-2013-PCM, que establece el Aporte por Regulación, a cargo de las empresas del sector minería, que le corresponde percibir al OEFA.
La Primera Sala indica que la vigencia de dicho decreto supremo no ocasiona perjuicio a la empresa demandante, además señala que son los procesos de inconstitucionalidad y de acción popular los que deben resolver estas controversias y no los procesos de amparo.
De los procesos de amparo que han interpuesto las empresas mineras contra el Aporte por Regulación del OEFA, se han resuelto 9 (de 33) demandas, que han sido descalificadas por improcedentes. Estos fallos vienen siendo confirmados por la Corte Superior de Justicia de Lima y de Arequipa.
La República