LISSETTE VÁSQUEZ NOBLECILLA

LISSETTE VÁSQUEZ, Adjunta para el Medio Ambiente de la Defensoría del Pueblo

Anteriormente, las operaciones mineras se realizaban sin contar con instrumentos para prevenir y reparar los daños ambientales que los produjeran. Recién el año 1993 se aprobó el primer reglamento ambiental del sector y diez años después la ley que regula el cierre de minas.

El resultado son los casi 8,000 pasivos ambientales registrados: instalaciones mal abandonadas, restos, efluentes, emisiones, producidos por operaciones mineras inactivas, que hasta hoy constituyen una amenaza para el ambiente, la vida y la salud. ¿Qué podemos hacer frente a esta situación? De inmediato, reconocerla deuda con el ambiente que nos acoge y la obligación de proteger los derechos de las futuras generaciones.

Por ello, la Defensoría del Pueblo viene insistiendo en la urgencia de identificara los responsables de dichos pasivos, en su efectiva remediación, yen la necesidad de atender con prioridad a aquellos que representan un grave riesgo a la salud de la población y que, en muchos casos, constituyen la fuente de exposición de la población a metales pesados. Esta tarea es impostergable.

Fuente: Gestión