minería ilegal no metálica

  • Estaba extrayendo arena fina, alterando la topografía del terreno y el paisaje natural.

La Segunda Fiscalía Superior Penal de Lima Noroeste obtuvo ratificación de la condena de cuatro años de pena privativa de la libertad contra I. M. Mejía D., por el delito de contaminación del ambiente – minería ilegal. Asimismo, el fallo judicial ordena que la sentenciada cumpla con 100 días multa, equivalente a S/ 850 y al pago de S/ 20 000 de reparación civil.

El fiscal adjunto superior Cristhian Manuel Trigos Fernández informó que la denuncia fue formuló el 14 de agosto de 2021 por la empresa agraviada, en la que se hacía referencia que la compañía de la sentenciada estaba registrada para realizar pequeña minería y minería artesanal en el distrito de Puente Piedra.

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Dicha información no era correcta ya que la referida empresa se dedicaba a las actividades de explotación de minería no metálica en otras coordenadas que no fueron declaradas, hecho que afectaba al área de otra concesión minera.

El fiscal Trigos Fernández señaló que la procesada, a través de su empresa, extraía el material en la clandestinidad, ya que en la investigación se determinó que los trabajos ejecutados no contaban con la autorización municipal.

El representante del Ministerio Público señaló que el informe del Ministerio de Energía y Minas concluyó que se encontraron evidencias de extracción de mineral no metálico (arena fina), dentro de un perímetro no permitido, alterándose la topografía del terreno y el paisaje natural. Además, se hallaron un volquete cargado con arena fina y un cargador frontal en plena operación de extracción de mineral.