El Directorio de PERUPETRO S.A., por unanimidad, declaró infundada la solicitud presentada por UPLAND OIL AND GAS, LLC para revisar la denegatoria de su clasificación como sujeto económico para asumir el 79 por ciento de participación en el Contrato de Licencia del Lote 192.
De esta forma, ha ratificado que UPLAND OIL AND GAS, LLC no logró acreditar la capacidad económica y financiera requerida para asumir dicho porcentaje de participación, en estricto cumplimiento del Reglamento de Calificación de Interesados para la Realización de Actividades de Exploración y Explotación o Explotación de Hidrocarburos (D.S. N° 029-2021-EM) y los Lineamientos aprobados por PERUPETRO S.A. Esta decisión, que busca proteger los intereses nacionales de cara a la continuidad y eficiencia de las actividades en el Lote, se encuentra debidamente fundamentada en el Acuerdo de Directorio N° 085-2025, de 11 de diciembre de 2025, publicado en el siguiente enlace https://bit.ly/Perupetro-AcuerdoDirectorio.
En la evaluación de la capacidad económica y financiera de UPLAND OIL AND GAS, LLC, el monto de la inversión mínima requerida no fue establecido de forma discrecional por PERUPETRO S.A. ni modificado, sino que se basó en los montos de inversión por ejecutar conforme al último plan de trabajo quinquenal, tal como lo dispone la normativa vigente, lo que refuerza la objetividad y transparencia del proceso.
Conforme al último Programa Anual y Plan Quinquenal 2025-2029 del Contrato del Lote 192, presentado por PETROPERÚ S.A. a PERUPETRO S.A., las inversiones pendientes ascienden a US$ 147.51 millones. Por lo tanto, UPLAND OIL AND GAS, LLC debía demostrar capacidad asumir el 79% de dicho monto, que no pudo alcanzar.
El Lote 192 cuenta con un Contrato vigente, cuyo Contratista está integrado por PETROPERÚ S.A. (en calidad de Operador, responsable de llevar a cabo las operaciones en nombre y por cuenta del Contratista) y ALTAMESA ENERGY PERU S.A.C. Ambas empresas responden por el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales.
A solicitud de PETROPERÚ S.A. y en cumplimiento estricto al marco normativo, PERUPETRO S.A. le ha otorgado la Clasificación como Sujeto Económico para asumir el 100% de participación en el Contrato del Lote 192, así como para constituirse como garante corporativo de ALTAMESA ENERGY PERU S.A.C. Dichos procesos de modificación se encuentran en trámite.
Corresponde a PETROPERÚ S.A. y ALTAMESA ENERGY PERU S.A.C. realizar las gestiones necesarias para que, de ser el caso, PETROPERÚ S.A. o un tercero, previa calificación conforme a la normativa, asuma la participación de ALTAMESA ENERGY PERU S.A.C.
PERUPETRO S.A. continuará velando por el correcto desarrollo de los procesos de calificación, manteniendo el cumplimiento estricto de lo establecido en el marco normativo aplicable, así como por el cumplimiento de las obligaciones de los Contratos de Licencia, en un esfuerzo permanente por proteger los intereses nacionales en la gestión de hidrocarburos.

