Foto: Andina

El pasado fin de semana, el Ministerio del Ambiente (Minam) prepublicó, para recoger comentarios y sugerencias de la ciudadanía, el proyecto de Decreto Supremo que modifica el Estándar de Calidad Ambiental (ECA) para aire.

La propuesta precisa que el ECA para aire contiene una serie de indicadores de la calidad del aire, cuyo objetivo principal es el cuidado de la salud de la población, y se monitorea con estaciones ubicadas en algunos puntos de diversas ciudades a nivel nacional.

Se debe recordar que esta flexibilización era solicitada por los trabajadores de Doe Run Perú (DRP) y los inversionistas interesados en adquirir el Complejo Metalúrgico de La Oroya y la Unidad Minera Cobriza. En marzo último, la empresa encargada de liderar la liquidación de DRP dijo que la prepublicación del proyecto sería fundamental para definir si hay interés de los inversionistas. Finalmente la norma no fue publicada a tiempo y la subasta se declaró desierta.

Ver también:  Minam realiza feria con eco y bionegocios que puedes regalar esta Navidad

Actualmente, el ECA para Aire está compuesto por diez parámetros, cuatro de ellos buscan ser sincerados con la propuesta normativa del Minam.

En ese sentido, un primer parámetro es del dióxido de azufre (SO2) pues se propone como máximo 250 ug/mg cada 24 horas y que esta media no exceda las 7 veces por año.

Otra variación sería el material particulado PM10 de 150 a 100 para 24 horas, haciéndolo más estricto respecto del nivel de partículas en el aire; y se establece el valor de PM2,5 para 24 horas en correspondencia a la revisión establecida para el PM10. Asimismo, se adiciona un nuevo valor anual para el PM2,5.

Ver también:  Aprueban el Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (D.S. N° 014-2024-MINAM)

El Minam además propone que se agregue el ECA para mercurio como un nuevo parámetro de medición, y se retira el ECA para el parámetro hidrocarburos totales.

En tanto que el parámetro plomo en PM10 mantiene sus valores en un nivel adecuado que no representan riesgo a la salud. es decir se mantiene en 1,5 ug/mg por mes el cual no debe exceder las cuatro veces durante el año.

Marcos Alegre, viceministro de Gestión Ambiental, explicó que se trata de un estándar nacional, que considera las recomendaciones del Organismo Mundial de la Salud, así como la evaluación efectuada por la OCDE en la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú, las Recomendaciones 25 y 26, así como los Objetivos de Desarrollo Sostenible hacia el 2030.

Ver también:  Minam reconoce programa de Camisea para reducción de huella de carbono

Un mejor escenario

Celso Sotomarino, especialista en energía y minería, destacó que el proyecto del Minam pone al Perú al nivel de la realidad internacional e impulsará las inversiones mineras respetando la ecología.

En ese sentido, criticó que el actual nivel de emisión permisible de azufre de solo 20 microgramos por m3 es una exigencia incumplible para un país que no tiene todavía el nivel de desarrollo de Estados Unidos (con un nivel permisible de 365 microgramos por m3), la Unión Europea (125 microgramos por m3) o Chile (250 microgramos por m3).

Fuente: La República