ZOFRATACNA amplía lista de mercancías autorizadas con exoneraciones tributarias para impulsar el comercio en Tacna

ZOFRATACNA

El Poder Ejecutivo aprobó la nueva lista de subpartidas nacionales de mercancías que podrán ingresar para su comercialización a la Zona Comercial de Tacna, mediante el Decreto Supremo Nº 094-2026-EF, publicado en el diario oficial El Peruano.

La norma actualiza y amplía el listado de bienes autorizados a ingresar a través de los depósitos francos de la Zona Franca de Tacna (ZOFRATACNA), conforme a lo dispuesto en la Ley N.º 27,688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna. El objetivo es fortalecer el desarrollo económico, comercial y tecnológico de la región mediante mayores incentivos para la inversión y el comercio.

De acuerdo con el decreto, la nueva relación comprende un total de 1,618 subpartidas nacionales. Esta cifra incorpora 61 nuevas subpartidas respecto al listado aprobado anteriormente por el Decreto Supremo N.º 347-2021-EF. Además, se realizó la adecuación correspondiente al Arancel de Aduanas 2022.

Las mercancías autorizadas para su comercialización en la Zona Comercial de Tacna mantienen beneficios tributarios como la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV), Impuesto de Promoción Municipal (IPM) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), debiendo pagar únicamente un arancel especial, según lo establecido por la legislación vigente.

La ampliación fue propuesta por el Comité de Administración de la ZOFRATACNA y coordinada entre el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) y el Ministerio de la Producción (Produce).

El Decreto Supremo y su Anexo serán publicados en las plataformas digitales oficiales del Estado, incluyendo los portales del MEF, Mincetur y Produce.

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