Autoridad Nacional del Agua (ANA) concluye norma para proteger fuentes hídricas
El jefe de la ANA, Walter Obando, señala que empresas deberán compensar los volúmenes de agua que sus actividades impacten en las fuentes hídricas.
Los proyectos productivos (básicamente proyectos mineros) que se ubican en zonas altoandinas del país y que afecten a las nacientes de los ríos que surgen en esas áreas –las que se denominan oficialmente como cabeceras de cuencas–, tendrán que otorgar una compensación al Estado, en la medida en que afecten la provisión del recurso hídrico.
Así lo indicó Walter Obando, presidente de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), al dar a conocer los primeros alcances que tendrá el Marco Metodológico para la identificación, delimitación y zonificación de las cabeceras de cuencas, que se encargó elaborar a la ANA. Vale recordar que, en su momento, hace cerca de dos años, el anuncio de la delimitación de las cabeceras de cuencas fue asociado por las empresas mineras a inminentes restricciones para poder realizar sus actividades e inversiones en las zonas altoandinas, que es precisamente donde se ubican los yacimientos mineros y donde se desarrolla la minería.
Proyecto
Ante la Comisión de Pueblos A ndinos del Cong reso, Obando indicó que la ANA ha concluido la elaboración de un proyecto del marco metodológico antes mencionado, señalando que se constituye en un instrumento que, por primera vez, va a permitir al país medir el impacto de los proyectos productivos en términos de vulnerabilidad hídrica de las cuencas. Así, puso como ejemplo que si un proyecto determinado impacta a razón de 100 litros de agua por segundo proveniente de las cabeceras de cuencas en épocas de estiaje, “el proyecto tendrá que devolvernos esos 100 litros en el estiaje, es decir cuando no llueve, en la modalidad de compensación”, anotó.
Recordó que la Ley 30640, que busca proteger las cabeceras de cuencas, define como tales a todo lugar donde se originan los cursos de agua.
Atraso
Según la citada ley, la ANA tendría ya que haber terminado de elaborar el marco metodológico en mención en un plazo que –según la Comisión de Pueblos Andinos– ya venció a mediados del año pasado, es decir que existe un atraso de parte de la citada autoridad.
Al respecto, el presidente de la ANA reconoció que el plazo para presentar el proyecto concluyó en julio pasado, y que el retraso se debió a que esa entidad recibió muchas observaciones, comentarios y aportes, por lo que dicha autoridad tuvo que retirar su propuesta inicial.
“Este mandato a la ANA no es para que hagamos (la norma) unilateralmente, sino en coordinación con los ministerios de Agricultura, de Energía y Minas y Economía y Finanzas”, apuntó. Añadió que ponerse de acuerdo entre los sectores del Estado ha sido un proceso muy complejo, pero que, ya concluido, la ANA lo remitirá el día de hoy al Ministerio de Agricultura, para que proceda a la prepublicación del nuevo proyecto, a fin de comenzar el proceso para volver a recibir opiniones antes de su aprobación.
Para recordar
2017. Ese año, la SNMPE advirtió que reglamentar las cabeceras de cuenca restringirá las inversiones en minería.
FP. La norma aprobada para regular las cabeceras de cuenca fue a iniciativa de Fuerza Popular. Inexistente. El gremio minero reclama que en la legislación internacional no existe la expresión “cabecera de cuenca”.
Impactos. Regular las cabeceras de cuenca afectaría también a proyectos agrícolas, energéticos, entre otros.
Fuente: Gestión
Para q elaborar mas leyes si en la ley 29338 el ANA no ha echo cumplir en q las empresas mineras formales e informales cumplan en sacar sus autorixaciones y paguen por lo q usan sobre todo por el relave minero q descargan en los rios Y la contaminacion…y el daño q ocasionan a las cuencas bajas y la estructura organica del ANA y las AAA a generado desconcierto en las regiones q ya no pueden administrar sus recursos hidricos..y los i gresos economicos deben ser administrados por la region de origen de la cuenca