Desde hoy las empresas operadoras de telefonía móvil deben implementar progresivamente el sistema biométrico de la huella digital para verificar la identidad de los abonados que contraten este servicio, esto con la finalidad de que las líneas telefónicas prepago no sean usadas para un delito.
En los lugares donde no se cuente con este sistema biométrico, las operadoras deberán cotejar los datos del DNI presentado por el usuario con la base de datos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), según lo establece el DS 023-2014-MTC.
Por ello, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) apuntó que el 4 junio del próximo año vence el plazo para que las empresas operadoras validen los datos de los abonados de las líneas prepago adquiridas desde marzo de 2011.
Para cumplir con esta obligación, las empresas deben implementar progresivamente ambos sistemas de verificación de identidad de sus clientes, evitando que se inscriban líneas a nombre de terceros.
El MTC aclaró que aquellas líneas de telefonía móvil prepago, con usuarios no identificados debidamente, serán dadas de baja a partir del 05 de junio de 2016.
“Dicha baja se realizará luego de que se cumplan 30 días de suspensión parcial y 30 días de suspensión total del servicio sin que se hayan subsanado las observaciones en el registro del servicio”, indicó.
Para el caso de los celulares pospago no habría mayor problema puesto que se tiene una clara identificación del titular, cuyo estado de cuenta es remitido a sus domicilios.
Al respecto, José Luis Pérez Guadalupe, ministro del Interior, informó que actualmente en todo el país habría un bolsón de casi 25 millones de celulares prepago en uso, cuyos datos de sus propietarios también entrarán en revisión, de manera que serán desactivados aquellos en los que no se tenga clara la identificación.
Se debe anotar que las líneas prepago constituyen casi el 80% de los teléfonos que circulan en el país.
Por ello el titular del Interior resaltó que esta medida forma parte de un conjunto de acciones para evitar secuestros, extorsiones u otros delitos en el país con el uso de celulares.
EN USO
La verificación de usuarios y cruce de información también alcanzará a los celulares prepago que ya están en uso, aclaró el ministro Pérez Guadalupe. “Esto limitará el uso irregular de los celulares, por ejemplo los que están en poder de delincuentes encarcelados, quienes muchas veces lideran secuestros o extorsiones desde las cárceles”, dijo.
Otra medida que entrará en vigencia desde hoy es el tope de diez celulares prepago que podrá adquirir un usuario, también bajo el sistema de identificación biométrica.
Hoy para comprar una línea celular es obligatorio presentar el teléfono en el que será colocado, ya sea un equipo nuevo o usado. Con ello se evitaría usar nuevas líneas en celulares robados o reportados como perdidos.
TARIFAS NO DEBEN SUBIR
Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, aclaró que la norma dispone que las operadoras no deben efectuar cobro alguno al abonado.
“Sin embargo debió ponerse expresamente que este costo no puede ser trasladado al cliente, ya que aunque no se cobre el nuevo servicio, será trasladado al costo del equipo celular o a las tarifas, puesto que las empresas tendrán que comprar los dispositivos de medición biométrica”, advirtió.
El legislador acusó que la norma tiene dos artículos contradictorios. “Por un lado el artículo 9-A dispone que el sistema de verificación biométrica se aplique en forma progresiva; y por otro, en la Disposición Complementaria Transitoria Única señala que en un plazo no mayor a la entrada en vigencia del presente decreto supremo (el sábado 07 de junio) las empresas operadoras están obligadas a implementar el indicado sistema de verificación. Esta deficiencia de la norma ocasionará que las operadoras dilaten la implementación del nuevo sistema”, alertó.
OJO CON EL REGISTRO
En cuanto al denominado sistema de verificación de identidad no biométrico consignado en el numeral b) del artículo 9-A del DS consistente en requerir al solicitante del servicio la exhibición de su DNI, Lescano opinó que en realidad no es nada nuevo, ya que esto se encuentra vigente con la Ley 28774-Ley del Registro Nacional de Terminales de Telefonía Celular desde el 2006 y su reglamento el DS 023-2007-MTC modificado por el D.S. 022-2014-MTC, que nunca dieron resultado porque las empresas nunca implementaron ni tuvieron al día dichos registros.
La República