El Pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen que propone la Ley que crea la Universidad Nacional Autónoma del distrito de San Marcos en la provincia de Huari, departamento de Áncash, con la finalidad de contribuir a impulsar la educación superior de la región. Obtuvo 73 votos a favor, cero votos en contra y 3 abstenciones.
La iniciativa legislativa se sustenta en los proyectos de ley 8290/2023-CR, 8303/2023-CR y 9322/2024-CR.
Al respecto, la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, presentó como segunda comisión dictaminadora un dictamen aprobado en mayoría, aunque, antes de finalizar el debate se presentó un texto sustitutorio consensuado.
De acuerdo con la titular de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, Lady Camones Soriano (APP), la finalidad de crear esta nueva casa de estudios “es contribuir a impulsar la educación superior, promover la investigación científica y tecnológica, y coadyuvar al desarrollo económico, social y cultural de la región y del país”.
Manifestó que se ha identificado una problemática “referida a la demanda actual de la población para continuar sus estudios en centros universitarios en la provincia de Huari y en el departamento de Ancash, cuya oferta regional de universidades es limitada por parte del Estado”.
Por ello, señaló, existe “una significativa brecha de acceso a la educación superior universitaria, así como el déficit para promocionar la investigación científica y tecnológica; lo cual interfiere con el desarrollo económico, social y cultural de la región y del país”.
Intervinieron en el debate los congresistas Kelly Portalatino Ávalos (PL), Guido Bellido Ugarte (PP), Elías Varas Meléndez (JP-VP), quien solicitó la acumulación de su Proyecto de Ley 7637/2023-CR, Flavio Cruz Mamani (PL) y Nilza Chacón Trujillo (FP).
LA NORMA
El texto sustitutorio aprobado contiene seis artículos y tres Disposiciones Complementarias Finales.
El tercer artículo crea el Pliego Presupuestario Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos con autonomía jurídica, normativa, económica y administrativa
El artículo cuarto establece las carreras profesionales de Ingeniería de Minas; Ingeniería Agroforestal; Ingeniería Ambiental; Ingeniería Geológica; Ingeniería de Seguridad Industrial; Ingeniería Mecánica; Ingeniería Agrícola; Medicina Humana; Contabilidad; Enfermería; Turismo, Hotelería y Gastronomía; e Industria Alimentaria.
El artículo quinto especifica su financiamiento con recursos propios; canon minero; ingresos provenientes de donaciones y legados; transferencias de los gobiernos locales, gobierno regional o del gobierno central; y cooperación internacional.
La primera disposición complementaria final encarga al Ministerio de Educación, en un plazo de 120 días, constituir una comisión organizadora; mientras que la tercera establece que la nueva casa de estudios está sujeta a los lineamientos establecidos en la Ley 30220, ley Universitaria y sus normas complementarias vigentes.