Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles SENACE

El Ejecutivo publicó hoy, en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 013-2024-MINAM, en el cual se aprueba el Procedimiento Único del Proceso de Certificación Ambiental del SENACE. Las disposiciones tienen por objeto regular las etapas, requisitos, plazos y demás aspectos de los procedimientos del proceso de certificación ambiental a cargo de dicha institución.

La finalidad es contar con un procedimiento único para la ejecución participativa, uniforme, predictible y célere de todas las etapas del proceso de certificación ambiental a cargo del Senace, haciéndolo más adecuado a las necesidades de gestión ambiental del país y del desarrollo de proyectos de inversión sostenibles.

Principales objetivos

  • Establecer un proceso uniforme y ágil para la evaluación de impacto ambiental.
  • Garantizar la participación ciudadana en cada etapa del proceso.
  • Brindar predictibilidad, objetividad y seguridad jurídica a los proyectos de inversión.
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Aspectos clave

1. Alcance Nacional

El procedimiento es de aplicación obligatoria para cualquier persona o entidad que ejecute proyectos de inversión pública, privada o mixta en Perú.

2. Etapas del Proceso

  • Aprobación del Plan de Participación Ciudadana (PPC).
  • Evaluación y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA).
  • Revisión técnica y emisión de resoluciones por parte del SENACE.

3. Participación Ciudadana

Se prioriza la intervención informada y responsable de las comunidades afectadas, incluyendo la traducción de documentos a lenguas indígenas cuando sea necesario.

Vigencia y publicación

El Decreto Supremo N° 013-2024-MINAM entra en vigor el 1 de enero de 2025 y ha sido publicado en las plataformas oficiales del Estado, como gob.pe.

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Decreto Supremo que aprueba el Procedimiento Único del Proceso de Certificación Ambiental del SENACE (DECRETO SUPREMO N° 013-2024-MINAM)

DS Nº 013-2024-MINAM

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