El Ejecutivo publicó hoy, en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 013-2024-MINAM, en el cual se aprueba el Procedimiento Único del Proceso de Certificación Ambiental del SENACE. Las disposiciones tienen por objeto regular las etapas, requisitos, plazos y demás aspectos de los procedimientos del proceso de certificación ambiental a cargo de dicha institución.
La finalidad es contar con un procedimiento único para la ejecución participativa, uniforme, predictible y célere de todas las etapas del proceso de certificación ambiental a cargo del Senace, haciéndolo más adecuado a las necesidades de gestión ambiental del país y del desarrollo de proyectos de inversión sostenibles.
Principales objetivos
- Establecer un proceso uniforme y ágil para la evaluación de impacto ambiental.
- Garantizar la participación ciudadana en cada etapa del proceso.
- Brindar predictibilidad, objetividad y seguridad jurídica a los proyectos de inversión.
Aspectos clave
1. Alcance Nacional
El procedimiento es de aplicación obligatoria para cualquier persona o entidad que ejecute proyectos de inversión pública, privada o mixta en Perú.
2. Etapas del Proceso
- Aprobación del Plan de Participación Ciudadana (PPC).
- Evaluación y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA).
- Revisión técnica y emisión de resoluciones por parte del SENACE.
3. Participación Ciudadana
Se prioriza la intervención informada y responsable de las comunidades afectadas, incluyendo la traducción de documentos a lenguas indígenas cuando sea necesario.
Vigencia y publicación
El Decreto Supremo N° 013-2024-MINAM entra en vigor el 1 de enero de 2025 y ha sido publicado en las plataformas oficiales del Estado, como gob.pe.