Mediante la Resolución Ministerial Nº 113-2019-MEM/DM, se aprobó los “Lineamientos para la formulación de los Planes Ambientales Detallados para adecuación de Actividades de Hidrocarburos”, que comprenden una estructura de contenidos mínimos.
De acuerdo al artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas es el encargado de proponer, elaborar, aprobar y aplicar la política del sector así como dictar las demás normas pertinentes.
Por tanto, se aprobaron los “Lineamientos para la formulación de los Planes Ambientales Detallados para adecuación de Actividades de Hidrocarburos” que comprenden una estructura de contenidos mínimos detallada en la norma.
La publicación de las bases se dará en El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas. La norma se encuentra refrendada por Francisco Ísmodes, ministro de Energía y Minas.
Fuente: La República