La Comisión de Estudio de Derecho Empresarial, Societario, Corporativo y Comercio Internacional del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, realizó el pasado 20 de setiembre de 2017 la conferencia: La Responsabilidad Social de las Empresas Mineras en el Impacto Ambiental. Dicho evento contó con la presencia del Dr. Juan Francisco Baldeón Ríos, docente de Derecho de Minería y Energía en la UNMSM, asimismo de Derecho Minero en la UNFV; Dr. Edison Paul Tabra Ochoa, docente de posgrado en la PUCP; y la Dra. Silvia Guadalupe Ibañez Salazar, especialista en Derecho Medio-Ambiental y Corporativo.
Inició la exposición el Dr. Edison Paul Tabra Ochoa, quien expuso el tema: “La práctica de la responsabilidad social en la protección del medio ambiente”, en la cual explicó sobre el rol del Estado en materia ambiental y la funciones que para ello desempeñan el Ministerio del Ambiente, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, los gobiernos regionales y locales, entre otros. Asimismo, criticó la debilidad de la gestión ambiental. Sobre el canon minero, indicó: El canon minero proviene de los impuestos que recauda el Estado y no del productor minero. Por lo tanto, es un derecho, no un óvolo voluntario.
Posteriormente, la Dra. Silvia Guadalupe Ibañez Salazar tuvo a su cargo la disertación sobre; “La Responsabilidad en Minería y la importancia de la certificación ambiental y social”, donde explicó conceptos y reflexiones respecto a la certificación ambiental. “Los predominantes conflictos socioambientales son una clara muestra de que los instrumentos de certificación ambiental vigentes en el país y la propia institucionalidad ambiental han perdido credibilidad y legitimidad frente a la población”, indicó.
Por su parte, el Dr. Juan Francisco Baldeón Ríos presentó el tema: “A 13 años de la vigencia de Ley N° 28271 que regula los pasivos ambientales de la actividad minera: Propuesta de reformas”, en la cual ilustró al auditorio con los principales aspectos de dicha normativa, tales como el reaprovechamiento económico de los pasivos ambientales mineros, el plazo para el reaprovechamiento por terceros, el reconocimiento al titular minero en gastos de remediación del pasivo ambiental minero, el financiamiento, entre otros temas.