Conozca los beneficios tributarios obtiene la empresa que invierte en ciencia y tecnología?.

ProActivo

Desde el año 2016 las micro, pequeñas, medianas y empresas grandes pueden obtener beneficios tributarios si ejecutan un proyecto de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación (I + D + i) hasta el 2019.

El beneficio consiste en reconocer como gasto deducible del Impuesto a la Renta parte del monto que costará anualmente la ejecución del proyecto. Este puede ser hasta de S/. 5’540,250 (1,335 Unidades Impositivas Tributarias) durante el 2018.

Por ejemplo, si una empresa necesita este año S/. 7’400,000 para ejecutar el proyecto, se le deducirá del Impuesto a la Renta S/. 5’540, 250. Quiero decir que este último monto de dinero estará exonerado de pagar el impuesto ante la Sunat.

El plazo para hacer uso de esta herramienta es el 2019, de acuerdo con la Ley N°30309 que potencia la ciencia y tecnología a través de beneficios tributarios para las empresas.

Hasta el momento, 32 empresas cuentan ya con 39 proyectos de I + D + i aprobados.

Si desea ser beneficiado por esta medida e invertir en I + D + i, estos son los pasos que debe seguir:

  1. Elabore un proyecto y preséntelo al Concytec vía online.
  2. Ingrese al Directorio Nacional de Instituciones en Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (DANI) http://instituciones.concytec.gob.pe/DirectorioInstituciones/ para registrar a su empresa y RUC.
  3. Luego de registrarse, recibirá a su correo electrónico su número de usuario y contraseña que le permitirá llenar el formato virtual y cumplir con otros requisitos.
  4. Uno de ellos es asegurarse de que el personal que ejecute el proyecto se encuentre registrado en el Directorio de Recursos Humanos afines a CTI (DINA).
  5. Luego ingrese a la plataforma de Beneficios Tributarios.
  6. Llene el Formato N°1 que le solicita información general de la empresa, del proyecto, las capacidades con las que cuenta para realizar el proyecto y su gestión.
  7. Envíe la información solicitada para su evaluación. En 30 días hábiles el Concytec emitirá una resolución. De ser aprobado, la empresa podrá presentar ante la Sunat el gasto por año del proyecto y gozará de los beneficios tributarios.

Para más información llamar al 319 – 0030 Anexos: 1936, 1938 y 1939 o escribir al mail: [email protected]