Pepe Julio Gutiérrez

La Primera Sala Penal de Apelaciones de Arequipa confirmó este martes la condena impuesta a tres dirigentes del valle de Tambo que lideraron en el 2015 las protestas contra el proyecto Tía María.

El pleno declaró infundado el recurso de apelación presentado por Pepe Julio Gutiérrez, Jaime de la Cruz y Jesús Cornejo Reynoso. Y, decidió, de manera unánime, confirmar las penas de 16,12 y 7 años que les impuso el Primer Colegiado Penal de Arequipa, en enero de 2021.

Asimismo, la Sala determinó que los sentenciados paguen de manera solidaria más de 500 mil soles al Estado por concepto de reparación civil. La Sala decidió que la pena se hará efectiva una vez quede consentida.

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Pepe Julio Gutiérrez Zeballos recibió la condena de 16 años y 10 meses por los delitos de extorsión, en grado de tentativa, en contra de la empresa Southern Perú Cooper Corporation. La pena fue por haber solicitado 1.5 millones de dólares a cambio de detener las manifestaciones. En cambio, se absolvió al abogado Jesús Gómez Urquizo, quien hizo el trato y lo grabó exigiendo la suma de dinero.

A Gutiérrez Zeballos se le sumó los delitos de entorpecimiento de los servicios públicos y disturbios en agravio del Estado. La Sala determinó que se le descuente los años que estuvo en prisión preventiva, por lo que la pena total que debe cumplir es de 13 años y 3 meses.

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En tanto, Jaime Trinidad de la Cruz Gallegos fue condenado a 12 años y 4 meses por entorpecimiento de los servicios públicos, disturbios y motín. Y Jesús Cornejo Reynoso se le sentenció a 7 años y 4 meses de cárcel por entorpecimiento al funcionamiento de los servicios públicos y motín.

Respecto al pago de la reparación civil, Jesús Cornejo Reynoso deberá indemnizar al Estado con la suma de 35 mil soles. Mientras que Pepe Julio Gutiérrez Zeballos y Jaime Trinidad de la Cruz Gallegos tendrán que pagar 500 mil soles, en forma solidaria, por los disturbios y entorpecimiento a los servicios públicos. Asimismo, los tres dirigentes tendrán que adicionar el pago de 100 mil soles como parte de la pena impuesta.

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En tanto, se absolvió a los otros dirigentes Juan Miguel Meza lgme; Hilario Julio Cornejo Reynoso, Juan José Colquehuanca Chaiña, Richard Hitler Ale Cruz, Martín César Agusto Juárez Bernedo, Esteban Nicomedes Pareja Prado, Luis Alberto Justo Laredo y José Miguel Ramos Carrera por los delitos de disturbios, en concurso ideal con el delito de entorpecimiento de los servicios públicos. De igual manera, se exculpó al abogado Héctor Herrera Herrera y al médico Jorge del Carpió Lazo.