Congreso aprueba dictamen que dispone el retiro del 100% de la CTS

La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó el dictamen mediante el cual se autoriza a los trabajadores disponer del 100 % de sus depósitos por concepto de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

Frepap propuso el retiro del 100% de la CTS

Por mayoría (11 votos a favor, ninguno en contra y una abstención) la instancia parlamentaria que preside Daniel Oseda (Frepap) dio el visto bueno a esta iniciativa, que ahora deberá ser debatida y votada en el pleno del Poder Legislativo.

El encargado de sustentar el proyecto para el retiro del 100% de la CTS fue el parlamentario Johan Flores (PP). Indicó que la motivación de este se encuentra en la situación que ha generado la pandemia del covid-19 en la población.

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Señaló que las medidas restrictivas aplicadas, especialmente las de aislamiento obligatorio, han impedido que muchas familias peruanas obtengan ingresos.

Argumentó que el flujo de dinero que supondrá la libre disponibilidad del total de la CTS permitirá, además, que se genere un movimiento económico significativo en el país. Dijo también que, al pertenecer estos fondos a cada trabajador, la medida no supondrá ningún gasto para el erario público.

Recordó, finalmente, que autorizaciones similares “han sido dadas antes, en situaciones no tan graves” como la actual.

Luego de la exposición, y al no haber pedido el uso de la palabra ningún integrante de la comisión, se procedió a votar el proyecto, quedando este dictaminado.

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¿Cómo se calcula la CTS?

En el caso de la mediana y gran empresa, si el trabajador ha laborado en el período semestral completo –mayo a octubre de 2020– su CTS a depositar será el 50% del sueldo de octubre de 2020 más un sexto de la gratificación recibida en julio de 2020.

Por ejemplo, si el sueldo de octubre fue de S/ 3,000 y el sexto de la gratificación de julio fue S/ 500, el total es S/ 3,500. Por lo tanto, el 50% a depositar será S/ 1,750.

En el caso que el trabajador no haya laborado el semestre completo, por cada mes laborado percibirá el 50% un sexto del sueldo y de la gratificación. Por ejemplo, si en el periodo semestral mayo-octubre trabajó dos meses, el monto inicial serán 2/6 de S/ 3,500; es decir, S/ 1,166. El depósito es la mitad de esta cifra.