La Contraloría General de la República – CGR detectó durante la visita de control efectuada a la Municipalidad Provincial de Maynas la falta de información sobre la asignación y uso de los recursos por concepto de canon y sobrecanon petrolero, para financiar proyectos de inversión pública y gasto social en las comunidades ubicadas en zonas de explotación petrolera con la finalidad de brindar servicios públicos de acceso universal y beneficios a la comunidad, bajo la modalidad de núcleos ejecutores, situación que podría afectar la transparencia y la rendición de cuentas de dichos recursos.
Según el Informe de Visita de Control n° 007-2026-OCI/0438-SVC, correspondiente al periodo de evaluación del 23 al 27 de febrero de 2026, se señala que de acuerdo a la “Ley del Canon” (Ley n° 27506), los gobiernos regionales y locales participan en los ingresos generados por la explotación de recursos naturales (mineros, gasíferos, pesqueros, forestales e hídricos), siendo el canon minero equivalente al 50% del impuesto a la renta, que tiene como objetivo financiar inversiones públicas para el desarrollo local.
De la verificación documentaria efectuada por la comisión de control a la entidad, se advierte la carencia de evidencias sobre actividades de sensibilización, a los representantes de Núcleos Ejecutores, a fin de coordinar las propuestas de proyectos de inversión y gasto social, así como de la capacitación, para la conformación del núcleo ejecutor, así como en la orientación en el manejo de los recursos financieros en la ejecución de gastos de manera responsable, por parte del Comité Técnico de Núcleos Ejecutores.
Asimismo, se advirtió la ausencia de documentos que demuestren la participación del veedor designado por la entidad, para el seguimiento y monitoreo de la ejecución física y financiera de los proyectos. Evidenciando solo informes de cronograma valorizado y rendición de cuenta mensual, sin embargo, ninguno de ellos suscritos por el veedor, lo que compromete su validez.
Igualmente, no se encontró documentación que respalde el avance físico y financiero de la ejecución del convenio, tampoco se acreditó la rendición de cuenta debidamente firmadas y visadas al dorso de los documentos o informe de ejecución de los proyectos de inversión pública. Contando solo con una relación de gastos, que no representan un documento de valor formal como el informe de rendición de cuenta mensual de ejecución física y financiera, pese a que la Subgerencia de Contabilidad y Tesorería, contaría con la rendición de gastos presentado por el Núcleo Ejecutor sobre la inversión respectiva.
Finalmente, no evidenciaron evaluaciones de impacto y de desempeño de los Núcleos Ejecutores, en su capacidad de gestión de los proyectos de inversión pública y gasto social ejecutados, por parte del Comité Técnico de Núcleos Ejecutores, para mantener informada a la Entidad de cualquier eventualidad que afecte el desarrollo de sus actividades y/o proyectos.
Ante las situaciones adversas evidenciadas, la CGR comunicó al titular de la entidad el presente Informe de Visita de Control, con la finalidad que se adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional, con el objeto de asegurar la transparencia en el uso de los recursos asignados por concepto de canon y sobrecanon.
Asimismo, se dispuso que la Municipalidad Provincial de Maynas, informe al Órgano de Control Institucional con un plazo máximo de cinco días hábiles, sobre las acciones preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar respecto a la situación adversa comunicada, adjuntando la documentación correspondiente que sustente dichas acciones.
