La comunidad campesina Tumilaca – Pocata – Coscore – Tala, en Moquegua, inició el 28 de febrero del presente año (hace 24 días) una medida de protesta manteniendo todo este tiempo el control del reservorio Viña Blanca, que surte de agua potable a la población de Cuajone. La comunidad demanda a la empresa minera Southern Perú Copper Corporation (SPCC) una compensación económica por el uso de las tierras que, señala, son de su propiedad.
Ante la persistencia del conflicto y de las tensiones irresueltas en relación al agua, que vienen generando consecuencias de carácter humanitario en las familias de Cuajone, al estar privadas del acceso a agua potable, la Defensoría del Pueblo expresa lo siguiente:
1. Demandamos la restitución inmediata del suministro de agua en el campamento minero Cuajone. Las aproximadamente 5000 personas que viven allí tienen derecho al agua cuyo ejercicio garantiza a su vez el derecho a la salud, a la alimentación, al trabajo, al medio ambiente, entre otros. El derecho al agua ha sido reconocido como un derecho humano por la Asamblea General de las ONU; y en ámbito nacional el artículo 7-A de la Constitución lo ha incorporado como un derecho fundamental desde el año 2017. Se hace presente, además, que Cuajone tiene un hospital y un centro educativo que requieren con urgencia de agua para garantizar su pleno funcionamiento.
2. Hacemos un llamado urgente a las partes involucradas -empresa minera SPCC y comunidad- a que retomen, en el más breve plazo, el diálogo, a fin de que se continúe con el tratamiento técnico de los problemas tal como se había considerado en la última reunión del 18 de febrero realizada en Torata. Está pendiente, especialmente, tratar sobre los derechos de propiedad de las tierras que la comunidad considera suyas y respecto de cuyo uso por parte de la empresa durante 50 años solicitan una compensación económica de 5000 millones de dólares.
3. El Ministerio de Energía y Minas, institución que ha venido convocando a las reuniones, deberá evaluar la situación e incidir en la comunidad y la empresa a fin de que se restituya la relación entre ellas, y se vuelva a dialogar. La situación a estas alturas es altamente preocupante por los múltiples impactos negativos que viene generando. El agua es un bien público y un recurso natural patrimonio de la nación, y el corte del suministro del servicio de agua potable a la población no puede ser parte de medidas de protesta. Un derecho no se ejerce contraviniendo otros.
Finalmente, la Defensoría del Pueblo, en su condición de órgano de defensa de derechos y de supervisión de la administración pública, reafirma su disposición a colaborar con una salida pacífica a este conflicto social.