- Las medidas tienen como finalidad mejorar la eficiencia del gasto público orientado a mejorar la provisión y la calidad de los servicios públicos prestados a la ciudadanía, con el fin de generar ahorros o reorientarlos a financiar otras prioridades de gasto.
El Poder Ejecutivo publicó el Decreto de Urgencia N° 006-2024 que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera orientadas a asegurar la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público durante el Año Fiscal 2024, sin que ello signifique afectar la prestación de los servicios públicos o las reglas fiscales previstas para este año.
Estas normas son el inicio del camino para retomar la eficiencia del gasto público en Perú, generando ahorros para mejorar los resultados fiscales (reducir el déficit fiscal) y reorientar esos recursos para financiar otras prioridades de gasto.
Entre estas medidas se encuentran:
Modificaciones y previsiones presupuestarias
El Ejecutivo establece medidas que, entre otras, permite reorientar recursos para asegurar la prestación de los servicios públicos que durante el año pasado han sido atendidos por personal que desarrolló labores en calidad de “locadores” pero que este año no cuentan con las partidas necesarias para su contratación. Con este objetivo, las entidades deberán priorizar sus gastos y con estos ahorros asegurar las contrataciones, dando prioridad a aquellas actividades vinculadas a servicios de salud, educación, seguridad, entre los principales.
Asimismo, faculta a las entidades del sector público a priorizar su cartera de inversión usando sus saldos no comprometidos para dar cobertura a proyectos en ejecución que requieran mayores recursos, incorporar nuevos proyectos, así como para desarrollar nuevos expedientes de inversión.
Asimismo, se liberan restricciones a los programas presupuestales para que los saldos proyectados se reorienten a otras acciones o proyectos que requieran financiamiento con carácter prioritario. Además, se autoriza a los gobiernos regionales y locales a utilizar recursos del FONCOR y FONCOMUN para compra de maquinarias.
Respecto a la previsión presupuestaria para inversiones financiadas en el marco de convenios entre los pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales y locales, estos dos últimos podrán otorgar previsiones presupuestales para asegurar su programación multianual. Estas previsiones corresponden a los proyectos que se enmarcan en el plan de Reconstrucción con Cambios y los proyectos que se incluyó el Congreso de la República durante el debate de la Ley de Presupuesto 2024.
Asimismo, se propone autorizar a los Ministerios y a las entidades que pertenezcan al sector respectivo para que, con el fin de financiar la implementación de políticas públicas durante el año 2024, puedan realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de dichas entidades, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Eficiencia del gasto público
El Decreto de Urgencia también establece medidas para limitar gastos no críticos y promover el uso eficiente de los recursos de las entidades y empresas del Estado. De esta manera, se dispone que el gasto devengado para el Año Fiscal 2024 no puede superar el monto devengado en el 2023, por toda fuente de financiamiento en las entidades del Gobierno Nacional incluidas en el Decreto de Urgencia.
En el caso de Petroperú, Fonafe y las empresas bajo su ámbito, se aprueban medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, complementarias a las ya previstas en el Decreto Supremo N° 288-2023-EF.
Además, se prohíbe a las entidades del Gobierno Nacional, a los gobiernos regionales y locales, a Petroperú, Fonafe y las empresas bajo su ámbito, la adquisición de vehículos automotores, con excepción de los vehículos destinados a seguridad ciudadana, servicios de salud, de limpieza y para gestión del riesgo de desastres. Y, se establece una regulación sobre el uso de unidades móviles estableciendo disposiciones para altos funcionarios, así como el uso exclusivo para el cumplimiento de actividades vinculadas a procesos productivos.
De otro lado, se autoriza a SEDAPAL a utilizar los saldos de las transferencias efectuadas a dicha empresa para la ejecución de inversiones, hasta por la suma de S/ 80 millones, para garantizar la continuidad de la prestación de los servicios de agua potable, a través de la distribución gratuita de agua potable mediante camiones cisterna a la población de su responsabilidad que no cuenta con acceso al servicio de agua potable y que se encuentre en condiciones de pobreza y pobreza extrema
Otra medida importante, es mejorar el seguimiento y validación de los acuerdos arribados en las negociones colectivas de las entidades del Estado, para lo cual se propone revisar los informes de viabilidad presupuestal emitidos por los pliegos del Gobierno Nacional (una primera etapa), y disponer que las cláusulas de las próximas negociaciones en el nivel descentralizado, solo contengan condiciones de trabajo.
Financiamiento de inversiones en municipios con población con mayor índice de pobreza
La norma también beneficia a los gobiernos locales, del quintil de municipalidades más pobres del país, autorizando una Transferencia de Partidas con cargo a la Reserva de Contingencia, hasta por la suma de aproximadamente S/ 55 millones, para asegurar la ejecución de sus inversiones
La norma también permite que el Tesoro Público adelante recursos de canon principalmente a las municipalidades de las regiones de Apurímac, Ayacucho, Huánuco, entre otras que durante el mes de enero 2024 no recibieron recursos por limitaciones del Decreto Legislativo 1441, Ley del Sistema de Tesorería.
Igualmente, dispone ampliar el plazo de las transferencias financieras autorizadas en el Art. 15 de la Ley de Presupuesto 2024, para aquellos gobiernos locales que no lograron obtener recursos para la continuidad de sus inversiones comprometidas y no devengadas durante el año pasado.
En el sector Educación, la medida contempla que el Ministerio de Educación pueda atender los adelantos de obra de los colegios financiados con cargo al “Fondo para el financiamiento de inversiones en ejecución asociadas a contratos de Gobierno a Gobierno”.
Al detectarse demora en los gobiernos locales para presentar sus expedientes de transferencia de recursos para asegurar la continuidad de sus proyectos en ejecución del año 2023, se vio por conveniente ampliar el plazo en 15 días hábiles para que los gobiernos locales que por diversas circunstancias no presentaron sus requerimientos de fondos para la continuidad de inversiones sus proyectos del año 2023 puedan hacerlo hasta 15 días hábiles a la aprobación de esta norma.
De otro lado, se da financiamiento al CUI N° 2195373 “Mejoramiento y Ampliación de la prestación de Servicios Deportivos en el estadio Cuna de La Libertad Americana del Complejo Deportivo Venezuela, distrito de Ayacucho, Huamanga – Ayacucho”, lo que permitirá garantizar el cumplimiento de obligaciones derivadas del desarrollo del XXI Juegos Bolivarianos 2025 Ayacucho – Lima.
Es importante indicar que una de las principales fortalezas macroeconómicas del país es la sostenibilidad fiscal, la cual se busca asegurar a través del cumplimiento de reglas fiscales. Asimismo, la sostenibilidad fiscal del país es un elemento esencial para generar confianza, e impulsar el crecimiento económico y el bienestar de los ciudadanos.