Osinergmin deberá informar al MEM sobre el consumo de combustibles en la región a fin de que el sector evalúe la evolución de la medida y la eventual implementación de nuevas acciones de control.

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Luego del inicio de la exitosa Operación Mercurio 2019, que permitió el restablecimiento del principio de autoridad del Estado y la recuperación de más de 13,000 hectáreas de terreno en la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional de Tambopata, el Gobierno nacional, a través del Ministerio de Energía y Minas (MEM), dispuso hoy la eliminación de las cuotas de hidrocarburos (diésel y gasolina) en la región de Madre de Dios.

Las cuotas de hidrocarburos, implementadas en el Régimen Complementario de Control de Insumos Químicos, tenían como objetivo limitar y evitar del desvío de combustibles a las actividades que directa o indirectamente pudieran ser utilizadas en la minería ilegal. La medida aplicaba para los establecimientos de venta al público de combustibles, consumidores directos y consumidores menores.

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La eliminación de este sistema fue aprobado mediante el Decreto Supremo 010-2019-EM, publicado en el diario oficial El Peruano, que explica que la decisión se debe a los resultados obtenidos por el Plan de Operaciones “Mercurio 2019”, el que ha conseguido hasta el momento el resultado deseado en la erradicación de la minería ilegal ubicada en la zona denominada La Pampa. El referido Plan de Operaciones tiene el mismo fin que la aplicación de las Cuotas de Hidrocarburos, siendo este proteger el derecho a gozar de un adecuado medio ambiente reduciendo las actividades de minería ilegal, sin generar un impacto negativo sobre las actividades económicas que se desarrollan en el departamento de Madre de Dios.

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En paralelo a lo dispuesto, se ordenó que en adelante el Osinergmin deberá remitir al MEM, dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes, la información del Sistema de Control de Órdenes de Pedido – SCOP de los últimos doce meses, respecto a las operaciones de Hidrocarburos por cada Establecimiento de Venta al Público de Combustibles, Consumidor Directo y Consumidor Menor ubicados en las zonas geográficas sujetas al Régimen Complementario de Control de Insumos Químicos, así como en los departamentos de Cusco y Puno.

La finalidad de esta disposición, es que el MEM cuente con información actual sobre el consumo de combustibles en Madre de Dios y zonas aledañas, que permita evaluar su evolución e implementar nuevas medidas de control, de ser el caso. Esta información a su vez será remitida a las demás autoridades para que dentro del marco de sus respectivas competencias tomen las acciones que correspondan.

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La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Martín Vizcarra; el presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar; el ministro de Energía y Minas, Francisco Ísmodes y el titular de Economía, Carlos Oliva.