Estado de emergencia en Lima y Callao

El Gobierno declaró el estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao mediante el Decreto Supremo Nº 124-2025-PCM, publicado la noche del 21 de octubre en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano. Esta medida, de carácter excepcional, busca fortalecer el orden interno y la seguridad ciudadana frente al incremento del crimen organizado y los recientes actos de violencia registrados en ambas jurisdicciones.

Según el decreto, una de las principales disposiciones será el endurecimiento de los controles penitenciarios. “Se establece la restricción de visitas en los establecimientos penitenciarios, permitiendo una visita semanal para los internos del régimen cerrado ordinario y una quincenal para los del régimen cerrado especial”, señala la norma. Además, “solo podrán recibir visitas de familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad”, buscando así reducir los posibles nexos entre reclusos y redes delictivas externas.

Entre las medidas más drásticas, el Ejecutivo ordenó un apagón eléctrico en las celdas, manteniendo únicamente iluminación básica, así como el desmontaje y destrucción de antenas de telecomunicación ilícitas dentro de los penales. Estas acciones estarán a cargo de las Fuerzas Armadas, que también se encargarán del sostenimiento y supervisión de dichas operaciones.

De manera paralela, se implementarán fuerzas combinadas de control territorial, integradas por la Policía Nacional del Perú (PNP), las Fuerzas Armadas y el Serenazgo Municipal. Dichos equipos tendrán la misión de ejecutar “medidas de control territorial focalizado en zonas críticas y el resguardo de instituciones públicas”, además de coordinar con gobiernos subnacionales para la instalación de comandos de campaña temporales.

El decreto también dispone el refuerzo del patrullaje en zonas de alta concentración ciudadana, incluyendo “paraderos, estaciones del metro, instituciones asociadas a servicios públicos y activos estratégicos”. Estas acciones estarán acompañadas por operativos de búsqueda y captura de requisitoriados, así como controles de identidad en base a los mapas del delito y otros instrumentos de inteligencia.

En cuanto a la circulación vehicular, se prohíbe el tránsito de dos personas adultas en motos lineales (vehículos categoría L3), medida que busca frenar los asaltos y sicariatos cometidos bajo esa modalidad. También se autoriza la intervención e internamiento de vehículos con documentación adulterada o placas ilegibles en depósitos oficiales.

Para reforzar la inteligencia estratégica, el Ejecutivo dispuso la creación del Comité de Inteligencia (CI), presidido por la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI). Este comité estará integrado por las divisiones de inteligencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, el INPE, las Instituciones Armadas y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

El CI tendrá la función de “establecer protocolos de acciones coordinadas aplicables durante el estado de emergencia”, en consonancia con el Comité de Coordinación Operativa Unificada (CCOU), entidad encargada de centralizar las acciones tácticas en campo.

Con estas disposiciones, el Gobierno peruano busca reforzar la seguridad, controlar las comunicaciones ilícitas desde los penales y contener la criminalidad que afecta a las principales ciudades del país. “La dirección es la correcta, pero requiere disciplina institucional y apoyo ciudadano”, sostuvo una fuente del Ejecutivo.


Decreto Supremo Nº 124-2025-PCM

Decreto Supremo Nº 124-2025-PCM

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