En el Sexto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima se realizó ayer la segunda audiencia que determinará si procede la demanda de amparo constitucional interpuesta por un colectivo ciudadano, exigiendo que se disponga el cese inmediato del proyecto Ariana por considerarlo una amenaza para la provisión de agua potable en Lima y Callao.
La jueza Rocío del Pilar Rabines Briceño escuchó a las partes litigantes, y tendría un plazo formal de cinco días hábiles para decidir si paraliza o no el proyecto Ariana, de la canadiense Southern Peaks Mining.
Juan Carlos Ruiz, abogado del IDL, explicó el contenido de la demanda presentada contra el proyecto minero y el Estado el 25 de abril pasado, debido a que el proyecto representa una inminente violación al derecho fundamental al agua potable (artículo 7.A de la Constitución), de violación al derecho fundamental a disfrutar de un medio ambiente equilibrado (artículo 2.22 de la Constitución), y; de violación al derecho fundamental a la salud (artículo 7 de la Constitución). “Más de 10 millones de pobladores de Lima y Callao verían atropellados sus derechos de aprobarse la continuidad del proyecto”, añadió.
Según indicó Ruiz, el Juzgado debería aplicar el principio precautorio, ya que existen indicios razonables de posibles impactos en toda la infraestructura hídrica que ha sido construida en la zona. Además, precisó que, desde el 2017, la Constitución Política del Perú incorporó el artículo 7-A que establece que el Estado promueve el manejo sostenible del agua, el cual se reconoce como un recurso natural esencial y, como tal, constituye un bien público y patrimonio de la Nación. Asimismo, se establece que su dominio es inalienable e imprescriptible.
Juan Carlos Ruiz sustentó la falta de certeza científica sobre los impactos de este proyecto, y en consecuencia la necesidad de la aplicación del principio precautorio en tres elementos: 1) que ANA ha reconocido que falta estudios pues no ha evaluado el impacto especifico del proyecto en el Marca pues según sus normas solo evalúa la calidad del agua mas no los impactos del proyecto minero en el sistema marca; 2) que Sedapal reiteradas veces y de manera consistente pide nuevos estudios del impacto de este proyecto en el sistema marca; y 3) que Minem, Sedapal y Ariana han aceptado un nuevo estudio.
Añadió que el acuerdo de un nuevo estudio es un reconocimiento por parte del Minem y Ariana que falta realizar más evaluaciones sobre los impactos. Por eso se pregunta: ¿Puede Ariana asegurar que no hay riesgo de daño cuando Sedapal viene exigiendo estudios complementarios?
Sedapal: no se han desarrollado los estudios pertinentes
Durante la audiencia, los demandantes presentaron como elemento nuevo la carta de la empresa de agua potable de Lima y Callao, Sedapal, de fecha 18 de agosto de 2020, donde se señala claramente que “no se han desarrollado aún los estudios evaluativos pertinentes” en relación a la influencia del proyecto minero Ariana en el sistema Marca y el túnel Trasandino.
La abogada Ana Leyva, explicó durante la audiencia que en mayo de 2019, tanto Sedapal, Ariana y el Ministerio de Energía y Minas acordaron la contratación de un consultor externo de prestigio internacional, para realizar un estudio sobre la influencia del proyecto minero en el sistema Marca y el Túnel Trasandino. Sin embargo, dicho estudio no se ha realizado aún por falta de acuerdo entre Sedapal y el Minem sobre los términos de referencia del mismo.
En una reciente carta enviada por Sedapal al Minem, señala que tiene una legítima y comprensible preocupación en relación a los riesgos potenciales que cualquiera de las instalaciones del proyecto Minero Ariana pudiesen tener a lo largo de la operación del mismo sobre la confiablidad del suministro de agua a la ciudad de Lima.
Afecta el recurso hídrico
De acuerdo a Dionel Martínez, geógrafo de CooperAcción, dicho proyecto pretende depositar sus relaves tóxicos en una zona sísmica y a 500 metros de la entrada principal del Túnel trasandino Cuevas Milloc, que capta el agua de la cuenca del río Mantaro hacia el río Rímac para abastecer a más de 10 millones de personas de Lima y Callao.
“La mina Ariana pretende desarrollarse en el corazón del sistema hidráulico Marcapomacocha que comprende el represamiento de seis lagunas, canales colectores y conductores, así como el túnel trasandino Cuevas Milloc. No olvidemos que el 69% del agua que consumimos en Lima y Callao está dotada por el rio Rímac y esto se debe al sistema hidráulico Marcapomacocha”, resaltó Martínez.
Los antecedentes de la empresa
Asimismo, para el ex viceministro de ambiente, José de Echave -uno de los firmantes de la demanda de amparo-, la empresa minera Southern Peaks tiene preocupantes antecedentes que permiten dudar de su responsabilidad ambiental.
Durante su exposición en la audiencia, de Echave recordó que la empresa fue propietaria de la mina Quiruvilca (La Libertad) entre 2012 y 2015, período en el cual recibió sanciones por parte del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) por diversos incumplimientos relacionados con el manejo de aguas de drenaje de los desmontes y relaves (resoluciones 988-2015-OEFA-DFSAI, 85-2016-OEFA/DFSAI).
“Southern Peaks vendió la operación al empresario Luis Sáenz en 2015. Actualmente, la zona donde se encuentra Quiruvilca ha sido declarada en emergencia ambiental por las autoridades, debido a los graves impactos sobre el río Moche”, comentó el especialista. Para más información acceda al sitio de la campaña ciudadana Día Cero Perú (https://www.facebook.com/diaceroperu)
Fuente: Exitosa