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(Por Alberto Varillas C. Presidente del Comité Legal del Sector Hidrocarburos de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía.)

Luego de más de un año de trabajo se encuentra en el Congreso de la República un proyecto de modificación de la Ley Orgánica de Hidrocarburos (Ley N°26621) que busca reactivar, especialmente, la exploración y explotación de petróleo y gas. El proyecto es el resultado de un largo debate entre los distintos sectores y gremios involucrados, a partir del Proyecto de Ley N°2145/2017/PE que fuera presentado por el Poder Ejecutivo y revisado por un grupo de Trabajo en la Comisión de Energía y Minas del Congreso. El proyecto, además, ha sido presentado en audiencias públicas llevadas a cabo en Tumbes, Piura, Iquitos y Cusco con la finalidad de socializarlos y recoger aportes de los interesados.

De aprobarse, esta será la segunda modificación de importancia de la Ley en veinticinco años, algo que debe destacarse pues, justamente, ha sido la persistencia en el modelo previsto por la Ley lo que ha dado la estabilidad jurídica suficiente para que, desde 1993, alrededor de uno de cada cuatro de los US$ 16,806 millones invertidos se haya traducido en canon a favor de las regiones, pese a no haber tenido el éxito que todos hubiésemos deseado encontrando más reservas de hidrocarburos de las halladas.

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El proyecto recoge iniciativas que son fruto de la experiencia de los últimos años y que buscan promover nuevas actividades tanto en los contratos vigentes, como a partir de los que se suscriban en el futuro haciendo más atractivo el marco legal en una industria de altísimo riesgo y grandes inversiones.

Algunas de las novedades del proyecto se refieren al plazo de los contratos. Al respecto, se homologa el plazo de explotación de petróleo con el de gas en 40 años, dejando de lado una diferencia (30 años para la explotación de petróleo) carente de todo sustento técnico y con la potencialidad de generar conflictos entre contratistas operando en una misma área, pero con derechos distintos. Adicionalmente, se podrá solicitar la ampliación del plazo máximo por 20 años, garantizando la continuidad de las inversiones al saber el contratista que podrá seguir produciendo, en principio, hasta el final de la vida útil de los reservorios y evitando los riesgos y costos que suponen dar por terminado un contrato para buscar nuevos interesados en campos ya explotados. En ambos casos, las extensiones implican el compromiso de ejecutar nuevas actividades a ser acordados con Perupetro, con lo cual se logrará, al menos en los contratos que están próximos a vencer, nuevas inversiones en el corto y mediano plazo en lotes que, sin este incentivo, irían perdiendo producción conforme se acerca su fecha de vencimiento.

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Adicionalmente, para obtener las referidas extensiones será indispensable que los contratistas no hayan cometido infracciones graves a la legislación ambiental y acepten la inclusión, en sus contratos, de una cláusula anticorrupción, reforzando así la facultad de Perupetro, en representación del Estado, de dar por terminado un contrato en caso de advertirse actos ilegales en su negociación y ejecución.

Si bien el proyecto no regula expresamente las regalías, lo que queda en manos del Reglamento correspondiente, permite que se pacten regalías promocionales en cuencas subexploradas y la revisión de las actuales regalías, cuando se soliciten extensiones de plazo, a fin de ajustar las pactadas originalmente a la realidad de cada lote. Con buen criterio, el proyecto se centra en promover la producción antes que en elevar las regalías, buscando que el país gane más por volumen que por unidad.

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En materia de contratación, el proyecto trae también algunas innovaciones al establecer que Perupetro deberá tener contratos modelo, facilitando así la negociación de los mismos ya que serán solo algunos aspectos los sujetos a discusión con los contratistas y al constituir al mismo Perupetro en la Ventanilla Unica para la tramitación de permisos y licencias, los que podrán ser transferidos a los nuevos contratistas que suscriban un contrato sobre un lote anteriormente en actividad, asegurando la continuidad de su operación.

Hay más novedades en el proyecto, como el necesario fortalecimiento de Perupetro, que nos llevan a la necesidad de seguir adelante y lograr la modificación de la Ley Orgánica de Hidrocarburos. Lo que no es admisible en este momento, es la inacción; no hacer nada y dejar las cosas como están por miedo, intereses ocultos o prejuicios ideológicos que no aportan en absoluto al beneficio del país.