petroleo

La Cámara Nacional de Comercio, Producción y Servicios (Perucámaras) informó que, entre el 2009 y agosto del 2014, la Macro Región Oriente recibió 1,756.13 millones de nuevos soles por canon minero, forestal y canon y sobrecanon petrolero.

Ese monto representa el cuatro por ciento del total transferido a los gobiernos locales y regionales a nivel nacional en dicho periodo, según un informe del Centro de Investigación Empresarial (CIE) de Perucámaras.

Las transferencias por canon y sobrecanon petrolero representan el 99.51 por ciento de los ingresos (1,747.55 millones se soles); mientras que canon minero llegó 4.20 millones de soles y forestal 4.39 millones de soles.

En la distribución por regiones, Loreto tuvo las mayores transferencias de los mencionados recursos 1,180.65 millones de soles (con una participación de 67.23 por ciento del total).

Ver también:  Perú vive boom minero este 2024

Ucayali recibió 570.85 millones de soles (32.51 por ciento); también registraron ingresos, aunque en menores montos, San Martín (4.29 millones de soles) y Amazonas (340,000 millones de soles).

Cabe mencionar que este canon es la participación efectiva de la renta que se genera para el Estado por la explotación económica del petróleo, gas natural asociado y condensados. Los beneficiarios son los gobiernos locales (municipalidades provinciales y distritales) y regionales de las zonas donde se da la explotación.

A diferencia de los otros tipos de canon, este cuenta con un sobrecanon (tasa adicional) que está constituido por leyes particulares para cada una de las regiones.

Cabe señalar que el canon forestal es la participación que tienen los gobiernos regionales y locales del 50 por ciento del pago de los derechos de aprovechamiento de los productos forestales y de fauna silvestre, así como de los permisos y autorizaciones que otorgue la autoridad competente.

Ver también:  MINEM: departamentos recibieron más de S/ 7,212 millones generados por la actividad minera a agosto de 2024

En tanto que el canon minero es la participación del 50 por ciento del Impuesto a la Renta por la explotación económica de los recursos mineros, metálicos y no metálicos.

Andina